A inicios de esta semana, el Presidente José Kast dio a conocer el paquete de medidas que integran el plan de reactivación laboral “Chile Despega”. Entre ellas, destacó la inyección de recursos al subsidio al empleo, que busca incentivar la contratación formal de trabajadores.
Después de la ceremonia encabezada por el mandatario, el ministro del Trabajo y Previsión Social, Tomás Rau, precisó respecto a esta medida, señalando que “este (subsidio) básicamente se suma al subsidio que lanzamos el 15 de julio, que ya se empezó a pagar, que tenía originalmente 25.000 cupos”.
En este sentido, la nueva inversión de US$93 millones tendría el propósito de generar 75 mil nuevos cupos y así alcanzar la meta de los 100 mil subsidios otorgados.
Por lo mismo, Rau aclaró que la postulación funcionaba “de la misma forma que se ha estado dando desde que lanzamos el subsidio el 15 de julio”.
Desde la cartera indicaron a Diario Financiero que el beneficio registra actualmente más de 73 mil postulaciones de trabajadores. De ellas, 45% corresponden a mujeres.
¿En qué consiste el Subsidio al Empleo?
El subsidio al empleo o Subsidio a la Contratación, Línea de Activación Laboral, es una iniciativa ejecutada por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) que entrega una bonificación mensual a las empresas que establezcan contratos de trabajo con personas desempleadas en regiones con altos niveles de desempleo.
El objetivo de este beneficio es promover la inserción laboral y fortalecer el empleo formal.
En concreto, el Sence entrega un aporte de hasta el 50% para trabajadores y alrededor de un 60% para trabajadoras de un ingreso mínimo mensual (IMM).
Esta bonificación se otorga a las empresas por cada empleado postulado al subsidio. Para aplicar a los trabajadores y trabajadoras, estos no deberán superar la remuneración bruta mensual de tres IMM y los empleadores podrán acceder a un máximo de 200 subsidios a lo largo del programa.
El beneficio, que se entrega directamente a la empresa empleadora, tiene una duración máxima de cuatro meses.
Además, en caso de acceder al subsidio, este se devengará a partir del mes en que se realiza la postulación.
¿Cómo postular?
Para acceder la beneficio, los empleadores deberán ingresar al sitio web Sence con la Clave Tributaria del Servicio de Impuestos Internos (SII) y luego completar los datos solicitados.
Es importante señalar que para postular la empresa debe:
- Tributar en Primera Categoría.
- Contratar trabajadores o trabajadoras mayores de 18 años.
- Mantener una relación laboral que haya iniciado a contar del 15 de julio de este año.
- El trabajador o trabajadora no debe registrar cotizaciones previsionales con otro empleador durante los tres meses inmediatamente anteriores.
- La remuneración bruta mensual del trabajador/a no debe superar tres ingresos mínimos mensuales (IMM).
- La postulación debe realizarse antes del mes de iniciada la relación laboral y mientras se encuentre vigente el período de postulación.
- El trabajo debe desempeñarse en una región contemplada dentro del beneficio.
- El contrato de trabajo debe estar registrado en la Plataforma Electrónica de la Dirección del Trabajo.
Por el contrario, no obtendrán el beneficio aquellas empresas que postulen trabajadores que hayan sido despedidos y posteriormente recontratados por la misma empresa; que sean socios o accionistas de la empresa solicitante, o cuya identidad coincida con la de este; y/o que sean familiares o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive respecto del dueño, socio o accionista.
Tampoco podrán acceder empresas estatales o empresas que reciban aportes estatales. Así mismo, quedan excluidos los organismos o entidades del estado.
¿Cuándo postular?
Si bien el subsidio empezó a regir desde julio, aún se puede acceder al beneficio.
Actualmente, están vigentes los meses de septiembre y octubre para postular. No obstante, de acuerdo a lo que se adelantó durante la presentación del plan, la inyección de recursos se extenderá a 2027.
De todas formas, para aquellos que postulen durante este año y obtengan el beneficio, esta se oficializará al mes siguiente y los pagos están programados para efectuarse el 2 de noviembre y el 1 de diciembre dependiendo del mes en que se ingresó la postulación.
¿Qué considerar?
El beneficio se mantendrá mientras la relación contractual se encuentre vigente y las cotizaciones previsionales cuenten con los pagos al día. Así mismo, los contratos que se postulen al subsidio deberán estar registrados previamente en la plataforma electrónica de la Dirección del Trabajo.
En caso de que la relación laboral se quiebre o el trabajador deje de cumplir con los requisitos, el Sence podrá finalizar el pago del beneficio.
En este sentido, la institución estará a cargo de fiscalizar y tendrá la facultad de exigir la restitución de los recursos a las empresas en caso de incumplimiento.
Además, en caso de aquellos empleadores/as que obtengan el subsidio y ofrezcan servicios al Estado, estos deben estar inscritos en el Registro Central de Colaboradores del Estado. Así mismo, los órganos, servicios públicos y municipios que realicen transferencias de fondos públicos están encargados de llevar un registro de las entidades receptoras.
Por ello, aquellas empresas que no estén inscritas en el registro no podrán recibir dichos fondos hasta que regularicen su situación.