Protección al consumidor emerge como nuevo foco de conflicto entre el Gobierno y el Congreso
Ejecutivo propuso eliminar artículos que prohibían ofertas asociadas a medios de pagos y limitaban el endeudamiento joven.
Por: Pamela Cuevas V.
Publicado: Miércoles 15 de enero de 2020 a las 04:00 hrs.
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Eliminar el artículo que prohíbe las ofertas asociadas a medios de pago exclusivos, restringiendo el beneficio a alguna tarjeta en desmedro de otro, es una de las indicaciones que ingresó el Gobierno el lunes al proyecto de ley proconsumidor, que se encuentra en segundo trámite en el Senado.
El artículo que busca eliminar establece que “el proveedor de productos o servicios financieros no podrá restringir o condicionar que la compra de bienes o servicios de consumo, o la aplicación de descuentos adicionales al precio de éstos, se realice exclusivamente con un medio de pago administrado u operado por el mismo proveedor, por una empresa relacionada o una sociedad de apoyo al giro”.
Este punto se aprobó a último minuto en la Sala de la Cámara el 17 de octubre cuando el independiente Karim Bianchi promovió dicha redacción bajo el argumento de que “no queremos restringir las ofertas sino que sean reales y universales y que no exista discriminación porque muchas personas no pueden acceder a estas tarjetas o simplemente no tienen por qué querer hacerlo”.
El académico de la UC, Felipe Bravo, calificó como un retroceso lo propuesto por el Ejecutivo, dado que a su juicio era una “norma positiva” dentro del proyecto.
“Existe un legítimo debate sobre la regulación de las ventas asociadas a una tarjeta de crédito, que el Ejecutivo clausura por medio de su indicación”, señaló por su parte el exdirector del Sernac, José Roa.
Explicó que “la práctica de las ventas asociadas a una tarjeta de crédito tiene en muchas de sus aplicaciones brechas en materia de información a los consumidores; y tensiona prácticas de endeudamiento y sobre endeudamiento, que merecen ser discutidas en el Congreso”.
Los otros ajustes
Otra de las materias que busca modificar el Ejecutivo se relaciona con el endeudamiento de los estudiantes universitarios.
El artículo que propone eliminar estipula que para el otorgamiento de tarjetas de crédito y líneas de crédito a estudiantes de educación superior, las instituciones financieras deberán exigirles que acrediten contar con recursos económicos suficientes para solventar las obligaciones, o en su defecto que constituyan una garantía personal que caucione el cumplimiento de tales deudas.
Roa y Bravo encendieron una luz de alerta en este sentido. “Esto lo que quería evitar era el endeudamiento a nivel de alumnos de universidad –de tercer y cuarto año, que se les ofrece estos productos- y le daba responsabilidad por el lado del oferente”, comentó Bravo.
Roa apuntó a que “la propia agenda antiabuso del Ejecutivo indica como un fenómeno a regular el sobre endeudamiento. Los consumidores esperan que sus autoridades amplíen el debate de medidas para un crédito responsable y no que clausuren su debate”.
Consultado el Ministerio de Economía, al cierre de esta edición aún no había respuestas
A nivel general, Bravo ve que este es un buen proyecto y que a la luz de las indicaciones ingresadas por el Ejecutivo “el grueso se mantiene”.
Un visión más crítica mantiene Roa quien considera que la iniciativa avanza tímidamente en beneficios al consumidor.
“Los consumidores esperan de sus autoridades, que busquen soluciones a los abusos cotidianos que sufren. El proyecto se hace cargo lateralmente de ellos”, comentó. A su juicio lo que se necesita es en avanzar en medidas que enfrenten “el corazón de los abusos a los consumidores, estableciendo delitos de cuello y corbata cometidos contra los consumidores”.
Aclaraciones en tasas de embarques
Entre las indicaciones que ingresó el Ejecutivo a la iniciativa está la que precisa que "las cláusulas ambiguas de los contratos de adhesión se interpretarán en favor del consumidor".
También, se aclara el proceso de devolución de las tasas de embarque en caso de que un pasajero no viaje.
En específico, se establece que en caso de no verificarse el viaje, "ya sea por causas imputables al transportador, al pasajero o por razones de seguridad o de fuerza mayor sobreviniente", las tasas, cargos o derechos aeronáuticos que hubiere pagado el pasajero deberán restituirse con o sin su requerimiento, dentro del plazo de diez días, a través del mismo medio utilizado para pagar el billete de pasaje.
No obstante, en caso de haberse verificado el pago en efectivo, el transportador deberá contactar al pasajero con el fin de que éste señale el medio para efectuar la restitución, contacto que deberá realizarse en el plazo máximo de diez días contado desde que debió haberse verificado el viaje.
En caso de retraso injustificado, dicha restitución se recargará en un 50% en favor del pasajero cada treinta días.
Con esta indicación, se precisa que las tasas de embarques deben ser restituidas a los pasajeros sin necesidad de que sean reclamadas por ellos.
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