Ley de Etiquetado: Ministerio de Salud se va contra McDonald’s y medirá niveles de la “Cajita Feliz”
Además, subsecretario se reunió con representantes de Ferrero Rocher y dijo que si el caso se judicializa, defenderán su postura en tribunales.
Por: Nidia Millahueique M.
Publicado: Jueves 30 de junio de 2016 a las 04:00 hrs.
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Continúa la controversia por la implementación de la Ley de Etiquetado de Alimentos. Esta vez fue el gobierno, a través del Ministerio de Salud, el encargado de responder a Ferrero Rocher, por su producto Kinder Sorpresa, y McDonald’s, con la “Cajita Feliz”, la que dijo que había hecho estudios para demostrar quie estaba en norma.
Según explicó la titular de la cartera, Carmen Castillo, se solicitó un estudio de análisis al Instituto de Salud Pública (ISP), para que se analice si los productos que incluye la Cajita Feliz, cumplen o no con los estándares establecidos.
“Cuando uno detecta alimentos que son considerados como dudosos tendremos que tomar las muestras. En el caso de McDonald’s se han tomado muestras. Queremos que exista la conciencia de las empresas y que dejen de colocar ganchos”, reveló la secretaria de Estado.
En este contexto el director del ISP, Alex Figueroa, aseguró que “la próxima semana tendremos los análisis químicos y esos los entregaremos al Ministerio de Salud para que tome las medidas correspondientes”.
La ministra precisó que todos los productos que tengan un “mono” en su marca o si es interpretado como gancho comercial “vamos a tener que evaluarlos en su mérito”.
“Todo lo que infiera de lo que está contenido en la ley vamos a tener que buscar distintas instancias, iniciar sumarios si corresponden, amonestar y si llegan a continuar con una situación de la cual no les corresponde de acuerdo a la ley, tendremos que llegar al cierre”, sostuvo.
Caso Kinder Sorpresa
El subsecretario de Salud Pública, Jaime Burrows, añadió que la semana pasada recibieron a representantes de la italiana Ferrero Rocher y “nos estaban pidiendo reconsiderar lo que dice la ley”.
“Vino una persona de la gerencia, acompañado de tres abogados y nos dijo que iban a recurrir a las instancias que eran pertinentes. Nosotros le dijimos a ellos que en Chile había un Estado de derecho y que si esto se judicializa, nosotros recurriremos a representar al ministerio como corresponde y acataremos lo que los tribunales digan”, aseguró.
En tanto, la Presidenta de la República, Michelle Bachelet, en la ceremonia de puesta en vigencia de la ley comentó que “aquí no se trata de prohibir: las personas comprarán lo que quieran. Lo que nosotros queremos hacer es asegurar el derecho a elegir lo que es más sano para ellos y para sus familias”.
Propiedad intelectual
De acuerdo a lo comentado por el abogado Arturo Covarrubias, experto en propiedad intelectual, las empresas que aún están en conflicto por sus productos, que tienen algún gancho comercial, como por ejemplo Ferrero Rocher o Nestlé, “van a decir que hay una afectación al derecho de propiedad, pero el derecho de propiedad tienen ciertas limitaciones y la propia Constitución establece que la propiedad puede estar limitada cuando hay ciertos bienes jurídicos en conflicto que tienen un igual o mayor valor, en este caso la salud humana. Por tanto, si estamos entre propiedad industrial vs. salud humana, yo creo que la limitación es adecuada, por ende no creo que la ley de etiquetado infrinja la ley de propiedad intelectual”, explicó.
Aumentan Fiscalizadores
El subsecretario de Salud Pública, Jaime Burrows, aseguró ayer que se autorizaron 15 fiscalizadores más en el país por la implementación de esta nueva ley.
"De acuerdo al plan que nosotros presentamos para la implementación de la ley, deberían aprobarnos 15 fiscalizadores más, que se adicionan a los ya existentes. En promedio son siete fiscalizadores por región en temas de alimentos", indicó.
Aseguró que "en general las necesidades de fiscalización están bien cubiertas y podemos asumir bien esta tarea".
Según detalla la "directriz para la vigilancia y fiscalización de la composición nutricional de los alimentos y su publicidad" del Minsal, los sumarios podrán culminar con medidas que no necesariamente signifiquen aplicación de multas. Según establece el artículo 177 del Código Sanitario, se podrá dictar una amonestación al infractor, en el que se exige que debe cumplir con la normativa en un plazo de 30 o 60 días.
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