Enersis pide a la SVS aclarar dudas "regulatorias y de interpretación" de su aumento de capital
El fin de la acción aclaratoria sería informar al mercado sobre la forma de verificar la operación y los plazos para ejecutarla.
Por: Diario Financiero Online
Publicado: Lunes 20 de agosto de 2012 a las 15:50 hrs.
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Enersis, a través de una carta firmada por su gerente general, Ignacio Antoñanzas, pidió a la SVS aclarar algunas dudas "regulatorias y de interpretación" respecto a su aumento de capital por US$ 8.020 millones.
"Dados los altos niveles de publicidad que ha tenido la operación de aumento de capital propuesta y especialmente atendido que Enersis es una empresa cotizada y que sus acciones pueden verse afectadas en forma importante por la incertidumbre en la operación, la Administración de la Compañía le solicita absolver, a la mayor brevedad posible, las dudas regulatorias y de interpretación que se suscitan", expresan en la misiva.
El fin de la acción aclaratoria sería informar al mercado sobre la forma de verificar la operación y los plazos para ejecutarla.
Entre otros puntos, la filial chilena de Endesa España pide al regulador indicar 2cuál sería el contenido de la porpusta que el Comité de Directores requiere para informar, y en su caso, los evaluadores independientes para evaluar, compatibilizando a estos efectps las disposiciones pertinentes" de la Ley de Sociedades Anónimas (LSA), "con las normas y prácticas de mercado aplicables a los aumentos de capital".
Además le solicita, cómo el evaluador independiente debe emitir su informe respecto del aumento de capital cuyas número de acciones y precio de suscripción aún no se habrán determinado a la fecha de emisión de dicho informe.
Por otra parte, piden analizar la factibilidad que en la junta extraordinaria a la cuál se convocará (y que fue pospuesta del 13 de septiembre) pueda aprobar o rechazar la operación, también pueda ser aprobado el aumentro de capital.
Como novena solicitud, Enersis pide que la SVS se pronuncie si "para los efectos de poder cumplir materialmente con el aumento de capital propuesto, atendiendo el límite máximo de concentración accionaria de 65% (...) si es factible sujetar los contratos de suscripción y pago de los accionistas y cesionarios que se celebren durante el periodo de opción preferente a la condición suspensiva de que el aumento alcance un cierto monto mínimo de acciones que permita no referido límite del 65%, considerando en dicho cálculo el ejercicio íntegro de su derecho de suscripción por parte del actual controlador".
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