La defensa de Enel ante la justicia tras masivos cortes de luz: apunta a error de pronósticos meteorológicos
Pidió rechazar recursos en su contra de clientes y municipios, luego de los cortes en la Región Metropolitana en agosto.
Por: J. Troncoso Ostornol
Publicado: Lunes 23 de septiembre de 2024 a las 04:00 hrs.
Foto: Agencia Uno
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Informes de cinco páginas presentó Enel Distribución tras ser requerida por la Corte de Apelaciones de Santiago luego que una serie de clientes y municipios, como Renca, Pudahuel y Colina, presentaran recursos de protección en su contra tras los prolongados cortes de suministro en la Región Metropolitana en agosto.
En los recursos, los denunciantes acusaron a la eléctrica de vulnerar garantías constitucionales, dentro de los cuales se mencionan el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica, la igualdad ante la ley y el derecho de propiedad.
El municipio de Renca acusó a la empresa de “haber en forma ilegal y arbitraria permitido que se produjeran cortes de luz masivos dentro de la comuna, de forma constante, repetida y sin rápida solución”.
Por su parte, la comunidad de Santa Sofía de Lo Cañas denunció: “La omisión en materia de mantenimiento de las condiciones de seguridad de toda línea de transmisión con concesión eléctrica, al punto de que una serie de árboles cayeron sobre la línea de distribución”. Luego, solicitó a la justicia que obligue a la empresa a “presentar, dentro del más breve plazo y a la autoridad correspondiente, un plan de trabajo de mantenimiento”.
“La realidad de los hechos”
Tras acoger a trámite los recursos, la corte -en cada una de las causas- ordenó a Enel presentar un informe y “todos los antecedentes que existan en su poder sobre el asunto”.
Enel pidió más plazo para responder y, a partir del 9 de septiembre, comenzó a presentar los informes, que varían en extensión (hay uno de 23 páginas) de acuerdo al número de recurrentes en cada proceso.
A modo de introducción, la firma recordó que entre el 1 y de 3 agosto de 2024 diversas regiones del país, Región Metropolitana incluida, se vieron afectadas por un sistema frontal con lluvias y fuertes ráfagas de vientos. “Los pronósticos meteorológicos previos a dicho evento, incluso en la víspera de éste, erraron al predecir la intensidad del mismo, sobre todo en relación a la velocidad que alcanzarían los vientos que asolaron el área de concesión”, dijo la empresa.
Luego, insistió que “la realidad de los hechos fue mucho más grave” que lo señalado en los pronósticos, toda vez que -destacó- el temporal alcanzó proporciones que fueron calificadas de históricas.
“El fenómeno dejó abundantes lluvias en el sur y centro del país, vientos extremos, inundaciones y una serie de problemas de infraestructura urbana: árboles caídos, tendido eléctrico y de comunicación por el suelo, agua en las calles y más. Como consecuencia del temporal, la infraestructura de mi representada, cuyo giro es la distribución eléctrica, fue severamente afectada, conllevando la interrupción del servicio eléctrico de cientos de miles de personas”, afirmó.
Y añadió: “A pesar de los esfuerzos con tareas preventivas de poda de árboles y mantención de postes y cableados, así como los trabajos en terreno para la reposición del suministro desde el momento en que arribó el temporal a la Región Metropolitana, la magnitud de los daños en postes, cableado y subestaciones eléctricas significó que los tiempos de reposición y normalización tuviesen retrasos inusuales en algunos casos, habiendo priorizado puntos críticos y casos de especial gravedad, como sus clientes electrodependientes e insulinodependientes”.
La compañía hizo hincapié en que inició un procedimiento voluntario colectivo con el Sernac, iniciativa en paralelo a las compensaciones establecidas por la ley eléctrica, “a fin de resarcir adecuadamente a sus clientes afectados”, dijo.
“De lo expuesto se colige que Enel Distribución Chile S.A. no ha cometido ningún acto ni incurrido en ninguna omisión arbitraria o ilegal que pudiera causar una privación, perturbación o amenaza al legítimo ejercicio de las garantías que el artículo 19 de la Constitución Política de la República asegura a la recurrente o, caso de estimarse existentes, éstas fueron debidamente subsanadas, por lo que el presente recurso de protección ha perdido su oportunidad”, sostuvo la firma en cada una de las causas en su contra. “El recurso intentado deberá ser rechazado”, añadió.
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