SEC sanciona a tres generadoras por infracciones en entrega de información y descarta incumplimientos denunciados por el Coordinador Eléctrico
A casi dos años que el organismo que supervisa el sistema alertara a la entidad fiscalizadora por eventos de limitación de diésel que impidieron la operación de unidades generadoras, Los Guindos Generación, CGE Comercializadora y S.W. Operations fueron sancionadas con amonestaciones.
Por: Karen Peña
Publicado: Miércoles 19 de abril de 2023 a las 16:25 hrs.
Foto: Archivo
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Hace solo unos días se escribió el capítulo final de una serie de acciones que se desencadenaron cuando en agosto de 2021, el Coordinador Eléctrico, organismo que supervisa la operación del sistema, denunció ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) a seis empresas por incumplir su obligación de generación, en medio del estrés que estaba viviendo el sistema eléctrico por la sequía, convirtiendo al diésel en un combustible clave.
Luego que a mediados del año pasado la SEC ejecutara su primera señal respecto al caso al formular cargos a Los Guindos Generación SpA por incumplir la entrega de información al Coordinador Eléctrico, el 11 de abril la entidad fiscalizadora dio su veredicto final, sancionando a la firma mencionada y a otras dos: CGE Comercializadora SpA y S.W. Operations S.A.
“La infracción se encuentra completamente acreditada a la luz de los antecedentes recabados durante la investigación, siendo incluso expresamente reconocida por la inculpada”.
De esta manera, si bien la SEC concluyó que se incumplió la normativa vigente en cuanto a la entrega de información al Coordinador Eléctrico y no respecto a la obligación de generación como apuntaba el organismo autónomo, la infracción derivó en la sanción de amonestación para cada una de ellas. Así, con las sanciones emitidas por parte de la entidad fiscalizadora, la superintendenta de Electricidad y Combustibles, Marta Cabeza, confirmó a Diario Financiero que "se pone punto final a esta investigación" generada por las denuncias del organismo responsable de coordinar la operación del sistema.
En una carta enviada el 13 de agosto de 2021, el Coordinador Eléctrico explicó que han registrado en la Operación en Tiempo Real (OTR) del 12 de agosto eventos de limitación de combustible diésel que impidieron la operación de unidades generadoras al ser requeridas, lo que “se constituye en un incumplimiento de su obligación”.
Seis empresas fueron mencionadas en ese momento: central Los Guindos (260 MW de capacidad instalada), Yungay (187 MW) y Cardones S.A (155 MW). A los que se suman Generadora Metropolitana con Santa Lidia (130 MW), Colbún con Los Pinos (100 MW) y Enel Generación con Huasco (19 MW).
El giro de la denuncia
De acuerdo a las resoluciones, las que fueron firmadas por el jefe de la División de Ingeniería de Electricidad, Mariano Corral, se señala -por ejemplo, en el caso de Los Guindos que los coordinados están obligados a proporcionar oportunamente al Coordinador y actualizar toda la información, en forma cabal, completa y veraz, que requiera para el cumplimiento de sus funciones.
"La infracción se encuentra completamente acreditada a la luz de los antecedentes recabados durante la investigación, siendo incluso expresamente reconocida por la inculpada, asumiendo que sí existió un descuido que impidió la entrega oportuna y actualizada de la información que el Coordinador requirió para el cumplimiento de sus funciones, infracción que debe ser sancionada por esta Superintendencia", se indica.
Eso sí, la SEC aclara que, conforme la información recabada y analizada, "no existió inconsistencia entre lo informado y lo real respecto de la disponibilidad de combustible de las unidades de la central Los Guindos".
Según se indica, la Superintendencia ha tenido en consideración que, de acuerdo al análisis realizado y a los antecedentes aportados por las partes, la falta de entrega oportuna de la información requerida por el Coordinador en este caso no representó riesgo para la seguridad del sistema eléctrico nacional. Asimismo, se agrega, "no se pudo establecer la existencia de usuarios afectados y tampoco se aprecia beneficio económico para la empresa producto de la infracción".
A lo que suma en su argumentación que esta es la primera falta por este tipo de conducta que han cometido estas empresas, agregando que "no se aprecia intencionalidad en la infracción" y que se considera la baja capacidad económica de la respectiva imputada.
Según explicó Cabeza, "la amonestación es una sanción contemplada en la normativa y consiste en un llamado de atención para que las empresas sancionadas adopten todas las medidas necesarias para evitar nuevas situaciones de este tipo".
Las respectivas resoluciones podrán ser impugnadas interponiendo dentro de cinco días hábiles un recurso de reposición ante la SEC y/o de reclamación dentro de 10 días hábiles en la Corte de Apelaciones que corresponda.
Consultada, CGE Comercializadora SpA indicó que fue informada de la formulación de cargos por parte de la SEC por falta de completitud respecto de información entregada al Coordinador Eléctrico Nacional en un período específico, "lo cual finalmente fue aclarado y corregido por la empresa, habiendo concluido el procedimiento administrativo. La amonestación es susceptible de ser impugnada mediante recursos administrativos y judiciales, situación que está siendo estudiada por la compañía.”
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