Casi 20 años después de la crisis del virus ISA que causó un terremoto en la industria acuícola, las réplicas de un juicio derivado de la compraventa de una salmonera vuelven a llegar a la Corte Suprema, aunque con un color muy distinto al que tenían cuando comenzó el proceso.
Recién esta semana, el estudio de abogados Ugarte & Correa ingresó una petición ante el Pleno del máximo tribunal acusando irregularidades en el juicio y solicitando que se anule todo lo obrado desde que se dictó la sentencia de primera instancia, contraria a sus representados: han denunciado que ese fallo, en 2023, fue filtrado antes de que se hiciera público y que la Corte de Apelaciones de Puerto Montt no les ha permitido acceder a la investigación de esos hechos.
El caso incluso terminó escalando al Colegio de Abogados, que otorgó un amparo a los demandantes y solicitó a la justicia reconsiderar su actuar, apuntando a un “atropello profesional”. La contraparte, mientras tanto, defiende el fondo de la sentencia y niega haber participado en cualquier irregularidad durante el proceso.
El origen: Cultivos Marinos Chiloé
La historia comienza con la venta de Cultivos Marinos Chiloé, fundada por el empresario Francisco José López en 1988 y que llegó a producir 40 mil toneladas de salmón en 2007. Con el virus ISA, al igual que otras empresas del sector, la compañía se sumió en una crisis financiera que derivó en un proceso de venta.
En 2012, López le vendió la salmonera en US$ 115 millones a Mainstream, una filial de Cermaq ASA, en ese momento controlada por capitales noruegos. Un año después, demandó a esa empresa y a Ewos, proveedor de alimentos para salmones que formaba parte del mismo conglomerado.
El empresario acusó haber pactado con Mainstream un precio de US$ 200 millones, pero que, aprovechando el derecho de exclusividad de la negociación y que Cultivos Marinos cada vez tenía menos caja por la crisis, los noruegos fueron bajando arbitrariamente la oferta poco a poco. Pero además, en esa demanda, sus abogados dijeron que Ewos -también filial de Cermaq- operó a favor de su “empresa hermana”, presentando una demanda ejecutiva para cobrar una deuda de US$ 5 millones que tenía la compañía de López.
Vale decir que años después Mainstream fue vendida a la japonesa Mitsubishi y hoy opera en Chile bajo el nombre Cermaq; en tanto, Ewos fue adquirida por la estadounidense Cargill, por lo que el grupo noruego involucrado se ha desmantelado.
La demanda se hizo apuntando a “negociaciones de mala fe”, aludiendo a la responsabilidad precontractual -daños causados durante la etapa de negociaciones- y por concepto de indemnización de perjuicios, solicitando los US$ 85 millones que no se pagaron respecto al precio inicial.
Mainstream, en sus contestaciones, negó esa versión: planteó que los activos de Cultivos Marinos no eran suficientes para cubrir “las cuantiosas deudas”; que todas sus propuestas tuvieron justificaciones económicas y/o jurídicas; y que la responsabilidad precontractual solo opera en hipótesis de “ruptura ilegítima de las negociaciones o de entrega de información falsa”, lo que -dijo- no ocurrió. Ewos, en esa línea, argumentó que la propia demanda constituía una “intolerable violación de la buena fe”.
Diez años después, el 2° Juzgado Civil de Puerto Montt falló de manera abrumadora: la demanda no solo fue rechazada en todas sus partes, sino que López fue condenado a pagar costas, es decir, los gastos legales de la contraparte. Esa sentencia fue ratificada posteriormente por la Corte de Apelaciones de esa ciudad, que también acogió los argumentos de la defensa. Posteriormente, la Corte Suprema volvió a fallar a favor de Ewos y Mainstream, rechazando recursos de casación en forma y fondo.
Pero días antes de la primera sentencia, el juicio ya había virado en otra dirección.
La sentencia filtrada
El 13 de noviembre de 2023, los abogados de López, de Ugarte & Correa, presentaron un escrito al tribunal donde revelaron haber tomado conocimiento de que un trabajador de la oficina de abogados que representaba a Mainstream, el estudio González & Rioseco, tenía la sentencia definitiva antes de que esta se hiciera pública ni se notificara. “Ninguna de las partes puede haber tenido acceso sin mediar una grave irregularidad”, dijeron.
¿Qué había ocurrido? Resulta que un estudiante de Derecho, que actuaba como procurador en González & Rioseco, envió fotografías de la sentencia a un procurador del estudio contrincante. Se conocían, en primer lugar, porque eran compañeros de la universidad; pero además, antes de entrar a ese estudio, S.S. ya había sido procurador en, justamente, Ugarte & Correa.
El caso terminó en la Unidad Informática de la Corporación Administrativa del Poder Judicial, que confirmó que no existía ninguna sentencia notificada.
Con esto, la Corte de Apelaciones de Puerto Montt comenzó a investigar el caso. Según han confirmado a DF conocedores del juicio, una de las razones por las que acudió Ugarte & Correa al Pleno del máximo tribunal es porque no se les ha permitido acceder a esta investigación como “víctimas o denunciantes”, bajo el argumento de que no son parte en el proceso.
Los abogados de las demandadas han reiterado ante tribunales no estar relacionados con las fotografías de la sentencia ni haber participado de esas filtraciones, mientras el juez ha sostenido haber firmado el documento antes de que el procurador compartiera las imágenes. En esa línea, los abogados defensores defienden el fondo del fallo, que fue ratificado en segunda instancia y que la Corte Suprema declinó revertir en distintas ocasiones. De hecho, en la defensa destacan que la petición al Pleno sería el noveno intento de los demandantes por sacar a flote el caso y que los ocho anteriores no han tenido éxito, manteniéndose la decisión del tribunal firme y ejecutoriada.
Colegio de Abogados: “Debe ser investigado”
En este último intento, confirman los conocedores del caso, los demandantes pidieron a la Corte Suprema acceso a la investigación en Puerto Montt; corregir los presuntos vicios en la dictación de la primera instancia; anular todo lo obrado en el juicio desde el fallo de 2023; y conceder alegatos.
El Colegio de Abogados ha respaldado esas solicitudes. En el amparo que entregó a los demandantes -al que tuvo acceso DF y fue firmado por el presidente del gremio, Ramiro Mendoza, y los consejeros Rodrigo Ochagavía y Miguel Schürmann-, el gremio de juristas argumentó que “no se le puede negar el acceso de forma absoluta” a los denunciantes de una investigación, apuntando directamente a la Corte de Puerto Montt.
“Una sentencia judicial que no había sido notificada a las partes es un hecho grave que afecta la confianza en la recta administración de Justicia, por lo que debe ser investigado y, en caso de ser verificado, debidamente sancionado”, argumentó.
Además, explicó que privar el acceso al expediente disciplinario “constituye una conculcación de sus derechos y, por ello, un atropello al ejercicio profesional”, lo que justifica la intervención del Colegio.
Con esto, el gremio comunicó su decisión a la Corte Suprema e instó al tribunal de alzada puertomontino “a velar por que sus decisiones no pongan en riesgo las garantías consagradas para los abogados tanto en la Ley como en el Código de Ética”.