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¿Eres cliente nuevo?
REGÍSTRATE AQUÍLey no incluirá las materias relativas a telecomunicaciones ni el artículo que prohíbe el traspaso de costos a las tarifas de los clientes.
Por: Magdalena Arce L.
Publicado: Martes 28 de julio de 2020 a las 21:00 hrs.
Pese a que los parlamentarios rechazaron por amplia mayoría el veto al proyecto de servicios básicos, la iniciativa tuvo un giro inesperado ayer en la sala del Senado, luego de que finalmente esta iniciativa se despachara sin sus artículos controversiales por falta de quórum en la insistencia mantener el texto original.
Debido a que se inhabilitaron cuatro senadores, este último trámite se hizo sobre la base de los parlamentarios presentes. Si bien fueron cinco las observaciones que presentó el gobierno, en esta instancia se vieron solo cuatro de ellas dado que no había forma de que la primera –que buscaba establecer un límite al consumo de agua para quienes quieren prorrogar el pago de sus cuentas- se incorporara a la Ley dado que era de carácter aditiva y necesitaba de la aprobación de las dos cámaras y ya había sido rechazada por los diputados.

Las otras dos que no se votaron ayer estaban directamente relacionadas a lo que determinaran los parlamentarios.
En materia de observaciones de fondo, la primera se refería a eliminar el artículo 3 relativo al plan de telecomunicaciones, toda vez que el gobierno argumentaba que esta no podía tener el mismo tratamiento que el resto de las compañías de servicios básicos dada su alta competitividad y apertura.
Además, se buscaba poder armonizar el texto únicamente a lo relativo a empresas de servicios domiciliarios como gas, agua y electricidad.
En esta votación fueron 37 los senadores presentes, por lo que se necesitaba de 25 votos para lograr el quórum. Fueron 24 los votos a favor, ninguno en contra y 13 abstenciones, por lo que finalmente -y dado que previamente se había rechazado la indicación- no habrá ley sobre este punto. En otras palabras, no se incorporará a las telecomunicaciones en la Ley que se promulgue.
En el pronunciamiento sobre la segunda indicación participaron 39 senadores, y tampoco se lograron los 2/3, nuevamente por un voto. Esta observación apuntaba a eliminar el artículo 8 que prohíbe que las compañías traspasen los costos que podría implicar la entrega de estos beneficios, a las tarifas de los clientes. El gobierno señaló en reiteradas ocasiones que las firmas ya se habían comprometido a no traspasar costos y que de establecerse esto por Ley, podría significar demandas contra el Estado en el futuro.
De esa forma, una vez promulgada la ley prohibirá la suspensión por no pago de los servicios básicos domiciliarios, excluyendo las empresas de telecomunicaciones, mientras dure el Estado de Excepción dictado por la pandemia. Y quienes se acojan a los beneficios podrán prorrogarlas en hasta 12 cuotas sin interés.
El proyecto está dirigido a todas las personas consideradas en el 60% de la población más vulnerable, quienes hayan perdido su trabajo o hayan visto mermados considerablemente sus ingresos por la causa de la crisis sanitaria.
"Esta iniciativa no cambia las reglas actuales: formaliza en la ley lo que hoy ha sido discutido o se ha incorporado a través de instrucciones ministeriales, dictámenes de Contraloría y fallos judiciales", señalaron desde el Ministerio del Trabajo.
El Ejecutivo, en uno de sus compromisos, planteó incentivar que estas entidades "puedan participar en el proceso de resolución de listas de espera". Los prestadores señalan que esto requiere una discusión mayor, mientras que las mutualidades retrucan que ya cuentan con autorización para ello.
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