SMA formula cargos contra Blumar por incumplimientos ambientales en dos centros de cultivo
A raíz de una serie de denuncias realizadas por Sernapesca, detectó que se había producido más de lo autorizado.
Por: Camila Bohle S.
Publicado: Martes 2 de marzo de 2021 a las 17:05 hrs.
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Este martes, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), comunicó que formuló cargos contra la salmonera Blumar, respecto de sus Centros de Engorda de Salmónidos (CES), Ninualac 2 y Midhurst, tras incumplimientos a sus autorizaciones ambientales.
Según informó, los cargos formulados para el centro Ninualac 2 son dos, uno clasificado como grave que tiene relación con superar la producción máxima autorizada en el centro de cultivo, durante el ciclo productivo desde el 12 de abril de 2017 hasta el 29 de octubre de 2018.
Respecto al cargo leve, éste se imputó debido al emplazamiento de estructuras asociadas a la explotación del centro de cultivo de salmónidos fuera del área de concesión otorgada.
En cuanto al centro Midhurst, los cargos son seis, dos clasificados como graves y cuatro leves. Con relación a los graves, el primer cargo es por inadecuado manejo de la mortalidad del CES.
El segundo cargo -también clasificado como grave– fue por superar la producción máxima autorizada en el CES Midhurst, durante el ciclo productivo ocurrido entre el 17 de enero de 2017 y el 18 de mayo de 2018.
Mientras, los cuatro cargos leves fueron imputados por el emplazamiento de estructuras asociadas a la explotación del centro de cultivo fuera del área de concesión acuícola; y no contar con todos los elementos y conocimientos necesarios para el control de un derrame de hidrocarburos, conforme lo descrito por su Plan de Contingencia, al constatarse que faltan 160 paños absorbentes de un total de 200, y que no existe registro de capacitación del personal a su respecto.
En un comunicado, el Superintendente del Medio Ambiente, Cristóbal De La Maza, señaló que este tipo de incumplimientos ambientales puede generar un impacto negativo en la abundancia y riqueza de la flora y fauna medioambiental.
Cabe señalar que, respecto de las infracciones graves, según la norma, se dispone que éstas podrán ser objeto de revocación de la resolución de calificación ambiental (RCA), clausura, o multa de hasta 5 mil unidades tributarias anuales (UTA).
Respecto de las infracciones leves, el titular podrán ser objeto de amonestación por escrito o multa de hasta 1.000 UTA.
En tanto, Blumar tendrá un plazo de 10 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento o de 15 días hábiles para formular sus descargos, ambos plazos contados desde la notificación de la formulación de cargos.
Respecto del caso del CES Caicura, donde se evidenció el hundimiento de jaulas de cultivo, la SMA señaló que sigue investigando el caso y administrando el riesgo ambiental con medidas "urgentes y transitorias destinadas a controlar los efectos, y mantener monitoreada la situación del fondo marino, por lo que aún no se ha terminado la investigación".
Blumar responde
Por su parte, la empresa confirmó que fueron notificados por la SMA "de los procesos que ha iniciado tras fiscalizaciones de Sernapesca -algunas de ellas datan de 2016- en dos centros de cultivo de la región de Aysén".
Al respecto, dicen que "estamos trabajando con asesores ambientales externos a la compañía para presentar Programas de Cumplimiento adecuados para resolver las indicaciones de la autoridad y, asimismo, ya fue ajustado el emplazamiento de las estructuras".
Por último, agregaron que seguirán trabajando con las autoridades y al compromiso con la sostenibilidad, el cuidado del medio ambiente y el ejercicio responsable de la actividad acuícola.
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