Subtel prohíbe a operadoras móviles ofrecer redes sociales gratuitas
La autoridad considera que va en contra de la Ley de Neutralidad de Redes. Las compañías tienen plazo hasta el 1 de junio para poner fin a las ofertas.
Por: Equipo DF
Publicado: Miércoles 28 de mayo de 2014 a las 05:00 hrs.
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Por verónica moreno
Las operadoras Virgin Mobile, Claro Chile y VTR no podrán continuar adelante con sus promociones de redes sociales gratuitas.
Así lo determinó la Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel) que ofició a las empresas del sector señalando que deben poner fin a estas ofertas y tienen plazo hasta el 1 de junio, de lo contrario arriesgan multas.
Las tres compañías han realizado promociones a través de las cuales ofrecen un servicio de mensajería o red social gratis (Whatsapp, Facebook, Twitter, etc.); es decir, sin afectar el consumo de datos de su plan establecido, mientras al resto de las redes sociales y servicios de mensajería se puede seguir accediendo con el cargo habitual.
La autoridad considera que este tipo de oferta va en contra de la Ley de Neutralidad de Redes y señala en su comunicado que esta normativa autoriza a las empresas de Internet a mantener la administración de sus redes, “pero esta gestión de tráfico no puede ser discriminatoria ni puede atentar contra la libre competencia. No puede usarse para bloquear o interferir el acceso a contenidos y aplicaciones por parte de los internautas”.
Con todo, ahora se abre otra interrogante: cómo las empresas deberán terminar este tipo de promoción con clientes que tomaron este servicio y cómo se resolverán las posibles demandas en contra de las empresas por término unilateral del contrato ante el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), aún cuando las empresas terminen la promoción por orden de Subsecretaría de Telecomunicaciones.
Neutralidad
En marzo de 2011 fue publicado el Reglamento de Neutralidad de Red, el que básicamente aplica de manera práctica la Ley de Neutralidad que se aprobó en 2010.
Entre otras cosas establece que se prohíbe el bloqueo arbitrario de aplicaciones, servicios y contenidos en internet, además de exigir a los ISP transparentar las condiciones de sus planes.
En tanto, la gestión de tráfico no está prohibida, pero sí está regulada, lo que implica que no se puede perjudicar la calidad de servicio contratada.
Para eso, consigna el reglamento, los proveedores deben explicar en detalle la gestión de tráfico que realizan y publicar en internet todos los indicadores de calidad de sus planes, además no se puede prohibir que los usuarios integren aparatos a la red, como por ejemplo, equipos de telefonía IP y más computadores, entre otros.
Reglamento de neutralidad de redes
Prohibición. El reglamento prohibe el bloqueo arbitrario, interferencia, discriminación de aplicaciones, servicios y contenidos en internet.
Exigencias. Ordena a los ISP transparentar las condiciones de sus planes. Es decir, debe ser entregada de forma veraz y oportuna toda la información para la individualización de los servicios contratados.
Gestión de tráfico. El reglamento no prohibe la gestión de tráfico, pero sí lo regula, y señala que no puede perjudicar la calidad de servicio contratada. Los proveedores deberán explicar en detalle la gestión de tráfico que realizan y publicar en internet todos los indicadores de calidad de sus planes.
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