Finanzas Personales

Las claves del proyecto de cotización de independientes aprobado por el Congreso

En nueve años el ahorro obligatorio llegará a un 17% y considera a quienes emiten boletas de honorarios, que se estiman en unos 577 mil

Por: Constanza Ramos Taky | Publicado: Jueves 3 de enero de 2019 a las 12:20 hrs.
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Tras más de cuatro meses, finalmente se dio luz verde al proyecto de ley que modifica la incorporación de los trabajadores independientes a los regímenes de protección social.

La Sala de la Cámara de Diputados aprobó ayer con 95 votos a favor la iniciativa que aumenta la cotización de los independientes hasta llegar a un 17%, considerando que se cotiza sobre un 80% de la renta bruta anual, con una gradualidad de nueve años.

Específicamente, la ley aprobada establece un nuevo mecanismo
gradual de cotización para los trabajadores que mantiene la obligatoriedad del pago de las cotizaciones a través de la Declaración Anual de Impuesto a la Renta de cada año, a partir de 2019, con cargo a la retención del 10% de impuestos. Pero, a diferencia de la normativa vigente, establece el incremento gradual de la retención de impuestos en 0,75% anual, hasta alcanzar el año 2026 un 16%; y el noveno año se incrementará en 1%, para llegar a 17% en 2027.

Los obligados a cotizar serán los trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios por un monto bruto anual igual o mayor a 5 ingresos mínimos mensuales ($ 1,3 millones totales en el año), excepto hombres de 55 años o más, y mujeres de 50 años o más, al 1 de enero de 2018. Se estima que estos suman unos 577 mil trabajadores, la mitad de los obligados bajo la ley que estaba vigente.

Con los montos retenidos cada abril, los independientes podrán acceder a los siguientes regímenes de protección social en este orden: 1. Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS); 2. Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales (ATEP); 3. Seguro para el Acompañamiento de Niños y Niñas (Ley Sanna); 4. Licencias médicas y subsidios, pre y post natal, y post natal parental, y por último, 5. Pensiones.

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El camino para convertirse en ley

A pesar de que la aprobación del proyecto fue relativamente rápida, en el camino hubo muchos comentarios en contra desde la oposición. Diversos parlamentarios insistieron en proponer que se postergara la obligatoriedad de cotizar hasta el 2022. Sin embargo, la indicación no prosperó y fue declarada inadmisible. Tal como está la legislación, los independientes deberían cotizar a partir de la Operación Renta 2019 por el total de su renta.

El ministro del Trabajo, Nicolás Monckeberg, señaló que la iniciativa "es un procedimiento realista que no afecta mayoritariamente los ingresos del trabajador independiente, pero que sí le da cobertura completa desde el primer día en los seguros más importantes".

Por su parte, la subsecretaria de Previsión Social, María José Zaldívar, aclaró que en ningún caso habrá doble cotización. "En Chile existe un sistema frente al cual todos los trabajadores cotizan hasta un tope imponible, por lo tanto si hay un trabajador que tiene un contrato como dependiente y tiene además un trabajo como independiente, se sumaran ambos ingresos y solo deberá cotizar hasta el tope imponible (78,3 UF o $ 2,1 millones)", indicó.

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