El fin no justifica los medios, y el reciente fallo del Tribunal Constitucional
Señor Director:
El Tribunal Constitucional comunicó el fallo mediante el cual declaró inconstitucional cinco normas del proyecto de ley sobre Escuelas Protegidas. Entre ellas destacan la que permitía a las policías revisar mochilas sin instrucción de un fiscal cuando el alumno se negaba y no estaban presentes sus padres, la que autorizaba excluir de los procesos de admisión a estudiantes previamente expulsados de otros establecimientos y la que establecía una inhabilidad para acceder a la gratuidad universitaria. Respecto de esta última norma, la decisión fue categórica.
La lógica del fallo responde a un principio básico. El fin no justifica los medios. Que una iniciativa persiga un objetivo legítimo y cuente con amplio respaldo ciudadano no autoriza restringir garantías constitucionales mediante facultades excepcionales, como permitir la revisión de mochilas sin control judicial previo.
La legislación vigente sólo autoriza a registrar efectos personales de adultos, ante indicios objetivos de la comisión de un delito. Extender esa facultad excepcional ahora a menores, resulta difícil de justificar desde un criterio de razonabilidad y proporcionalidad.
Quizás convenga que nuestros legisladores estudien este fallo, especialmente en lo relativo a la privación de derechos básicos como la educación, para no repetir el mismo error al restringir beneficios sociales con el proyecto que crea el registro de vándalos.
ERNESTO MUÑOZ CHAMBE
ABOGADO PENALISTA, SALAS STEVENS ABOGADOS
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