María José Arancibia
Corría el año 1938 y por la radio se anunciaba la noticia que los marcianos invadían Estados Unidos, hecho que causó un revuelo gigantesco a tal punto que varias personas huyeron con lo puesto y otros tuvieron ataques de pánico. Todo este alboroto lo generó Orson Wells al relatar el radioteatro "La guerra de los mundos", con el objetivo de demostrar el poder de los medios de comunicación de masas y su capacidad para manipular a la gente.
Corre el año 2015 y con un mensaje se esparce por la web la noticia de que el día 9 de julio de 2015 habría una huelga del Sindicato Interempresa de choferes de camiones del transporte nacional e internacional. Según este, la empresa afectada sería Copec, lo cual traería como consecuencia un desabastecimiento de gasolina. A los pocos minutos hubo un vuelco a las estaciones de servicio, provocando largas filas y espera no solo para llenar el estanque del automóvil, sino además bidones. Paralelamente en Internet, el mensaje –al igual que un resfrío– "contagió" las redes sociales, lo que obligó a la mencionada compañía a emitir un comunicado aclarando la situación.
Esto constata cómo las redes sociales pueden influir cada vez más en las decisiones que tomamos, la facilidad de propagar una "noticia" o un rumor y lo complejo que se hace tener una certeza en la fuente que emite dicha información. Ahora bien, más allá de este caso, qué pasaría si fuera otro hecho, como atribuir alguna injuria o calumnia a una persona o bien afectar la imagen de una persona o empresa. ¿Existe manera de proteger a la víctima? A nuestro juicio sí. Aunque no es sencillo, la experiencia indica que los retweet son republicaciones del mensaje, por lo que aquí la responsabilidad del que realiza el retweet se aleja, pues podría argumentar que desconocía el hecho de la falsedad del contenido de la noticia, más aun cuando proviene de una cuenta verificada y seria como lo es, por ejemplo, un canal de televisión. El autor del mensaje puede ser sancionado y la víctima tiene la alternativa de emprender acciones civiles y penales para proteger su honra e imagen.
Asimismo, existen en estas redes sociales una autorregulación al poder reclamar por una vía alternativa una infracción a la propiedad intelectual, dejando a salvo –por expresa reglamentación de estas redes– aquellas cuentas que sean "parodia", distinguiéndose ya sea por el lenguaje o bien derechamente porque manifiestan que lo son en su biografía.