Ocupa el número 5.137 en un listado de 14.707 pruebas documentales que el Ministerio Público (MP) presentó en su extensa acusación del denominado Caso Audio Factop. Hablamos de la transcripción realizada por funcionarios de la PDI del famoso audio, una conversación ocurrida el 22 de junio de 2023 en la que participaron los abogados Luis Hermosilla y María Leonarda Villalobos, junto al entonces empresario Daniel Sauer. Esa grabación -filtrada y conocida públicamente meses después, el 14 de noviembre de ese año- está contenida también como prueba material en esta causa, en un pendrive negro marca Kingston, en un caso judicial que ya lleva tres años remeciendo al país.
Partió con esta causa madre, con la imputación de diversos delitos de tipo económicos, relacionados con la corredora de bolsa STF Capital y el factoring Factop, pero derivó en varias otras indagatorias penales, a partir de la incautación del teléfono de Luis Hermosilla, alcanzando hasta pesquisas por presuntas irregularidades en el nombramiento de jueces de la República.
La causa económica original es la más avanzada, en la que el persecutor oficializó la acusación en contra de seis imputados: los hermanos Ariel y Daniel Sauer, Antonio Jalaff, Luis Flores, María Leonarda Villalobos y Luis Hermosilla. Y tras la acusación de la Fiscalía, ahora se abrió una etapa clave en la antesala de este juicio, la audiencia de preparación del juicio oral, en la que la licitud -o no- del audio como medio de prueba será uno de los protagonistas del debate.
Y a horas de que comenzara esta etapa, la defensa de Luis Hermosilla sorpresivamente lanzó una nueva ofensiva, pidiendo una nueva audiencia de cautela de garantías para resguardar sus derechos, la que quedó fijada para este martes a primera hora, desplazando la anterior citación. “Esta investigación se cerró. Creemos que no se ha respetado el debido proceso, tampoco su garantía del derecho de defensa, menos su intimidad. No significa pedir privilegios. Significa emparejar la cancha. Hay pruebas que todavía no tenemos y que queremos. Para poder generar una teoría del caso que le haga el contrapeso a la acusación de 17 años de cárcel que nos están acusando”, dice escuetamente el abogado Julián Parada, defensor de Hermosilla.
¿Árbol envenenado?
Tras dejar históricos clientes -como Gonzalo Vial Concha-, Luis Hermosilla está hoy concentrado en su defensa, convencido de que, si durante este tiempo el liderazgo lo tomó la fiscalía, ahora frente a los tribunales podrá hacer valer sus derechos que estima fueron vulnerados durante la etapa de indagación. Busca saber, por ejemplo, si los chats de su teléfono han sido manipulados o si hay chats que han sido borrados. O cómo es que el MP está bajando y accediendo a sus conversaciones Telegram. Y dilucidar si Villalobos grabó el audio por voluntad propia o enviada por un tercero.
Tal como Hermosilla, el resto de los imputados -con excepción de Luis Flores- van a alegar que se excluya el famoso audio del caso, al considerarlo como prueba ilícita, obtenida con afectación a garantías resguardadas por ley, como el derecho a la privacidad y el derecho a no auto incriminarse. “El audio es absolutamente ilegal. Y todo lo que se origina del audio es la teoría del árbol envenenado. Todos los frutos que da están envenenados. El audio no puede ser considerado como medio de prueba”, indica tajante a DF MAS Daniel Sauer, quien cree esta materia va a dar pie a una discusión “muy dura” en la que también se abordará cuánta otra prueba queda invalidada si es que su origen está en el audio.
“Si un tribunal declara ilegal el audio, debe necesariamente entonces declarar ilegal el tratamiento del celular de Hermosilla”, dice un abogado defensor bajo reserva, quien estima que este argumento cobra aún mayor peso en la medida en que ya está agendada para el 14 de diciembre una nueva formalización de Leonarda Villalobos en una causa distinta y que corre en paralelo al caso Factop, que lleva el fiscal Manuel Zara, antecedida por una querella que presentó Sauer en contra de la abogada, de Rodrigo Topelberg y de su entonces esposa Yael Speisky, acusando a Villalobos de grabación en recinto particular, de difusión de conversaciones privadas y de prevaricación del abogado. Luis Hermosilla hizo lo suyo, acusando también a la abogada de violación del secreto profesional, mientras la propia Villalobos arremetió en otra causa penal en contra de Topelberg y Speisky.
Esta tesis contrasta con la que enarbola el MP, basado en un argumento de fondo: cuando hay delitos, corresponde investigar y se privilegia la persecución frente a la privacidad, y de eso no están excluidas las conversaciones con abogados, porque la confidencialidad no puede amparar delitos. Además, al entender de los persecutores, quien graba en este caso es un partícipe de la conversación y no un tercero ajeno, lo que lo distingue, por ejemplo, de un “pinchazo” ilegal a un teléfono. Y, además, el audio es masivamente público y no una pieza reservada.
El audio no será la única discusión: otro tópico que estará presente, adelanta una de las defensas, es empujar por la separación de acusaciones, bajo la lógica de que afectaría el derecho a defensa abordar en un solo juicio situaciones diversas como, por ejemplo, delitos tributarios, con las aristas muy particulares del supuesto soborno de Parque Capital o el Fondo Capital Estructurado I, relacionado con Antonio Jalaff.
Maquinarias, leaseback
Distinta ha sido la suerte corrida por los imputados, aunque la mayoría ha logrado insertarse laboralmente, acomodándose a las respectivas restricciones, según sus cautelares vigentes.
Leonarda Villalobos ha seguido ejerciendo en juicios civiles y tiene patrocinio en causas relativas a contratos de arrendamientos o pagarés en tribunales de Santiago, junto a su propia abogada en el caso Factop, Alejandra Borda. Antonio Jalaff ha estado enfocado en la audiencia de preparación del juicio oral.
Luis Flores Cuevas, el ex gerente general de la corredora STF Capital, ingeniero en Información y Control de Gestión de la Universidad de Chile, se desempeña actualmente como subgerente general de HeavyTech, una compañía con operaciones en Quilicura dedicada a la reparación de equipos y maquinaria pesada, de marcas como Caterpillar y Komatsu. A esta firma llegó en agosto pasado, tras haberse desempeñado en otras ocupaciones en diversas firmas, como la dental Mora Pavic, Nova Puertas y la metalmecánica PyP Store. En su entorno explican que su expectativa en el caso es lograr un juicio abreviado, dado que en su caso sólo son dos delitos los que se le imputan: ley del mercado de valores y administración desleal.
Tras el quiebre con su cónyuge, Ariel Sauer vive con su padre y se ha dedicado a dar servicios para expositores feriales. Su hermano Daniel Sauer vive con Titi Ahubert en San Damián, “debido a los hijos”, recalca el mismo Sauer, quien cuenta que gracias a antiguos clientes de Factop, se ha dedicado a asesorías en el rubro leasing y leaseback. En simple, les brinda asesoría para que las propiedades y activos fijos de sus clientes puedan usarlos como garantía para conseguir capital de trabajo o reestructurar deudas. “Hoy estoy con seis clientes y cuatro fondos”, cuenta Daniel Sauer, todo gestionado con reuniones desde su casa, dado que sigue con arresto domiciliario total.
Relata también que se ha conseguido repartir unos $ 2 mil millones como parte de la reparación del mal causado -con acciones de Grupo Patio, Youtopia, Biwiser y la entrega de varias propiedades-, lo que junto con otras dos atenuantes que él considera cumplir, la irreprochable conducta anterior y la colaboración eficaz, con más de 20 declaraciones en Fiscalía, le permiten llegar tranquilo a esta etapa del caso. A ello computa también los más de dos años y seis meses que ya lleva detenido, pues la reclusión domiciliaria cuenta para calcular una eventual pena ya cumplida. ¿Su autocrítica en esta etapa crucial en la que entra el juicio? “Fuimos poco prolijos en un negocio que era muy regulado. No le tomamos el peso al nivel de exigencia y regulación que necesitaba el negocio de la corredora de bolsa”, dice.
La nueva querella contra Álvaro Jalaff y la notaria María Soledad Lascar
Aunque el exsocio del Grupo Patio Álvaro Jalaff dejo atrás el caso Audio Factop en julio pasado, al alcanzar un procedimiento abreviado, otra acción penal acaba de ser estampada en la justicia en su contra y también en contra de la notaria María Soledad Lascar Merino. Esta acción la interpuso la sociedad Barros Negros Inversiones e Inmobiliaria SpA que, según el documento legal, está representada por Ximena Corbo Urzúa, la misma ingeniera y directora de empresas que hoy participa, por ejemplo, en el directorio de Enap. La querella alude también en contra de todos quienes resulten responsables y apunta a la falsificación de instrumento privado mercantil.
En simple, el relato de la querella menciona que a partir de un alcance de nombre de dos sociedades distintas -Barros Negros-, la sociedad querellante quedó como obligada al pago a partir de letras de cambio cuya beneficiaria era Comercial Textil Ziko. La acción parte relatando que Barros Negros Inversiones e Inmobiliaria (la querellante) desarrolla actividades de inversión inmobiliaria y asesoría, y que no mantiene ni ha mantenido una relación comercial, societaria, de crédito o de cualquier otra naturaleza con Ziko, ni con Álvaro Jalaff, ni con ninguna de las sociedades vinculadas al grupo empresarial conocido públicamente como Factop. Pero ocurre que existe otra sociedad con una razón social semejante, Inversiones Barros Negros Limitada, que sí está vinculada al grupo empresarial de Álvaro Jalaff y a su familia, que es distinta a la sociedad anterior, tienen roles tributarios diferentes y sólo comparten la denominación similar.
La acción judicial indica que esa coincidencia de razón social es la que ha sido utilizada de manera “sistemática y reiterada” para emitir documentación mercantil ideológicamente falsa a nombre de la sociedad de los querellantes. Indican que, desde noviembre de 2021, la querellante recibió más de 60 facturas emitidas por Comercial Textil Ziko Limitada, Inversiones DAS e Inversiones Guayasamín, todas por operaciones comerciales inexistentes, marcadas como cedibles, y, por tanto, aptas para su cesión a empresas de factoring. Señalan que lograron detectarlo, las objetaron y solicitaron su anulación e informaron al Servicio de Impuestos Internos. Y que incluso interpusieron una querella el 30 de agosto de 2023, que está adjuntada al mismo proceso del caso Factop.
Pero ahora, señalan, esta nueva acción responde a hechos distintos, pero inscritos en el mismo patrón de utilización fraudulenta de la identidad del querellante: la falsificación de las mencionadas letras de cambio en las que se hizo figurar a Barros Negros Inversiones e Inmobiliaria SpA como aceptante, “mediante la firma de un tercero, ajeno a ella, que se atribuyó falsamente su representación y que fue autorizada por un notario público”, dice la querella. La acción señala que se produjo un resultado lesivo: cuatro protestos notariales hasta ahora, su publicación en el Boletín Comercial y una demanda ejecutiva por $ 26.824.240, indican.
En el detalle, señalan que entre el 28 de febrero de 2023 y el 05 de abril de 2023, Ziko giró a lo menos cuatro letras de cambio en que “falsamente” aparece la sociedad querellante como aceptante, y por consiguiente, como obligada al pago. “En cada una de esas cuatro letras, el querellado Álvaro Jalaff Sanz estampó su firma en el lugar destinado a la aceptación, atribuyéndose la calidad de representante legal de nuestra representada”, indica el texto.
“En cada una de las cuatro oportunidades, y en el mismo día del giro y aceptación, la querellada María Soledad Lascar Merino, Notario Público titular de la 38ª Notaría de Santiago, infringiendo sus deberes como ministro de fe estampó al reverso del documento una autorización de firma del siguiente tenor: Autorizo la firma de don Álvaro Ignacio Jalaff Sanz en representación de Barros Negros Inversiones e Inmobiliaria SpA como aceptante (…) La querellada no verificó apropiadamente la representación de la que dio fe, pues de haberlo hecho habría reparado en que el compareciente Álvaro Jalaff carecía de toda facultad para obligar a la querellante. Bastaba un cotejo elemental para advertir que el compareciente no era representante legal ni mandatario de Barros Negros Inversiones e Inmobiliaria SpA”, indican en la querella.
En el entorno de Álvaro Jalaff manifestaron su total sorpresa porque esta acción se haya dado en este momento, cuando -dijeron- el empresario ya ha solucionado todas las aristas derivadas del caso, pagando a todos los acreedores, lo que dio pie al acuerdo con la Fiscalía. Agregaron que la sociedad Ziko es de los Sauer y como Jalaff se querelló contra ellos, ahora ampliará la querella para que este tema se investigue. Asimismo, no descartan que la acción tenga un carácter instrumental, por lo que analizaban los cursos de acción.
Consultada la notaria aludida, ésta hizo llegar por escrito la siguiente declaración a DF MAS: “esta notaría da pleno cumplimiento a sus deberes de verificación de la identidad de quienes suscriben los documentos autorizados. Si bien el señor Jalaff y sus empresas son clientes de larga data de la notaría, desconocemos los detalles y finalidad de los instrumentos mencionados en la querella. En caso de que la información que tenemos fuese requerida por la Fiscalía, se prestará toda la colaboración necesaria a efectos de esclarecer los hechos”.