Regulador chileno da luz verde a acuerdo en litio entre Codelco y SQM
La División Antimonopolios de la FNE dio inicio a una investigación con miras a determinar la posible existencia de infracciones a la normativa de libre competencia en el mercado de productos potásicos en el país.
Por: Por Valeria Ibarra, DF / Foto: Archivo
Publicado: Jueves 24 de abril de 2025 a las 10:13 hrs.
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Tal como lo había adelantado DF, la Fiscalía Nacional Económica (FNE) aprobó, en Fase 1 de investigación y sujeta al cumplimiento de medidas de mitigación, la operación de concentración consistente en un acuerdo de asociación público-privado entre Codelco y SQM por el litio.
La operación sometida al conocimiento de la Fiscalía consiste en un acuerdo entre Codelco y SQM para la creación de un joint venture destinado a las actividades de extracción, producción y comercialización de los minerales provenientes del Salar de Atacama, principalmente hidróxido y carbonato de litio.
El joint venture contempla dos etapas diferenciadas para su administración. Durante el primer período, que va entre 2025 y 2030, será controlado por SQM y durante el segundo período, que se extiende entre 2031 y 2060, su control estará en manos de Codelco.
“Este es un hito importante. La fiscalía ha estudiado durante nueve meses esta operación, con todo el rigor que corresponde y analizando en profundidad toda la documentación que hemos aportado. Estamos muy satisfechos con esta resolución, porque confirma que la asociación avanza según lo planificado y que se están cumpliendo de manera sistemática las condiciones necesarias para su ejecución”, comentó Máximo Pacheco, presidente del directorio de Codelco.
Riesgos para la competencia y medidas de mitigación
Tras analizar en profundidad las condiciones de competencia en los mercados de producción y comercialización de carbonato e hidróxido de litio, la FNE verificó que la operación podía reducir sustancialmente la competencia, dado que implicaría la creación de un nuevo vínculo estructural entre actores actuales y futuros de la industria del litio dentro del mediano a largo plazo, lo que podría incrementar los riesgos de coordinación y de acceso a información comercialmente sensible entre competidores, dijo la FNE en un comunicado.
En respuesta a estos riesgos identificados por la FNE, Codelco y SQM ofrecieron una serie de medidas de mitigación con el objeto de restringir los posibles flujos de información comercial sensible que podrían producirse a propósito de la operación y de sus acuerdos relacionados, precisó la Fiscalía.
"Estas medidas, que fueron consideradas por la Fiscalía como proporcionales, idóneas y efectivas, contienen compromisos de reporte periódico que permitirán el monitoreo de su cumplimiento", aseguró el ente que vela por la libre competencia.
Riesgos para la competencia y medidas de mitigación
Tras analizar en profundidad las condiciones de competencia en los mercados de producción y comercialización de carbonato e hidróxido de litio, la FNE verificó que la operación podía reducir sustancialmente la competencia, dado que implicaría la creación de un nuevo vínculo estructural entre actores actuales y futuros de la industria del litio dentro del mediano a largo plazo, lo que podría incrementar los riesgos de coordinación y de acceso a información comercialmente sensible entre competidores, dijo la FNE en un comunicado.
En respuesta a estos riesgos identificados por la FNE, Codelco y SQM ofrecieron una serie de medidas de mitigación con el objeto de restringir los posibles flujos de información comercial sensible que podrían producirse a propósito de la operación y de sus acuerdos relacionados, precisó la Fiscalía.
"Estas medidas, que fueron consideradas por la Fiscalía como proporcionales, idóneas y efectivas, contienen compromisos de reporte periódico que permitirán el monitoreo de su cumplimiento", aseguró el ente que vela por la libre competencia.
Los remedios ofrecidos por Codelco y SQM abarcan la configuración del gobierno corporativo del joint venture y su estructura de control, en línea con el sentido y alcance que la Fiscalía ha dado a la normativa de interlocking contemplada en el artículo 3° letra d) del Decreto Ley N° 211 de 1973 (DL 211), que prohíbe la participación simultánea de una persona en cargos ejecutivos relevantes o de director en dos o más empresas competidoras entre sí, y que a su vez, exige a los agentes económicos que son competidores un deber de cuidado preventivo y purgatorio basado en su estricto cumplimiento.
Lo anterior también es consistente con la sentencia dictada por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia el 14 de abril pasado, en la cual condenó a Juan Hurtado Vicuña, Consorcio Financiero y Larraín Vial por infringir la prohibición de participación simultánea de un mismo director o ejecutivo relevante en dos o más empresas competidoras, acogiendo un requerimiento presentado por la FNE en diciembre de 2021.
Lee la nota completa en Diario Financiero.
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