Gobierno oficializa facultad de expropiar derechos de agua para consumo humano y conservación
En el texto también incorporó la creación de un fondo para investigación en recursos hídricos y la obligación de que cada cuenca cuente con planes estratégicos.
Por: Magdalena Arce L.
Publicado: Martes 10 de marzo de 2020 a las 04:00 hrs.
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Tras varios meses de espera, finalmente ayer el Gobierno ingresó las indicaciones a la Reforma al Código de Aguas que se discutió en el Senado por cerca de tres años.
En el último día hábil de enero, la comisión de Agricultura había logrado votar en su totalidad el texto de la reforma, pero para su despacho a la comisión de Constitución era necesario contar con las indicaciones del Ejecutivo, las que no se presentaron ese día. Para concretar lo anterior, se fijó para ayer la fecha límite en la cual el Ministerio de Obras Públicas (MOP) presentara las modificaciones y así proceder al comparativo entre las propuestas de ambos poderes. Sin embargo, debido a que las modificaciones ingresaron con posterioridad a la hora de inicio de esa sesión, la comisión la aplazó para este miércoles a las 17:00 hrs.

Según se detalla en el texto de 22 páginas al que tuvo acceso Diario Financiero, la cartera oficializa la facultad para expropiar derechos de agua. De esta forma, se confirmó lo señalado por el ministro Alfredo Moreno en septiembre pasado cuando manifestó su intención de incorporar al Código de Aguas esa potestad en los casos en que no se cuente con más derechos para comprar. “El Ministerio de Obras Públicas podrá, cuando no existan otros medios para obtener el agua, expropiar derechos de aprovechamiento tanto para satisfacer menesteres domésticos de una población como para satisfacer la conservación de recursos hídricos, debiendo dejarse al expropiado el agua necesaria para satisfacer sus usos domésticos de subsistencia”, se señala en la indicación.
Con el código actual, la Dirección General de Aguas (DGA) puede denegar un derecho de este recurso para mantenerlo como reserva, pero no puede tomar la iniciativa de declararla como tal. Ahora en cambio, podrá hacerlo de aprobarse la modificación.
Dentro de las 27 indicaciones, también se incluye la creación de un fondo para la investigación, innovación y educación en recursos hídricos, que será dependiente del MOP y se ejecutará a través de la DGA. Este instrumento estará destinado a financiar las investigaciones necesarias para la adopción de medidas para la gestión de recursos hídricos, y en particular, para la elaboración, implementación y seguimiento de los planes estratégicos de recursos hídricos de las cuencas del país. Para ello, anualmente se desarrollará un concurso público y la DGA será la encargada de evaluar técnica y económicamente los proyectos que postulen.
Respecto a los planes estratégicos de las cuencas a lo largo del territorio nacional, lo que se busca es “propiciar la seguridad hídrica en el contexto de las restricciones asociadas al cambio climático”. Dicho plan, que será público, será actualizado cada máximo 10 años y deberá tener entre sus consideraciones, a lo menos: un balance hídrico; un plan de recuperación de acuíferos que se encuentren afectados; y un plan para hacer frente a necesidades futuras teniendo como prioridad el consumo humano.
Para que no existan asimetrías de información, el MOP dictará un reglamento para estandarizar la confección de estos planes.
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