CMF aprueba nueva renta vitalicia escalonada y aseguradoras se preparan para comercializarla
El 3 de noviembre la Comisión para el Mercado Financiero ingresó la cláusula del producto previsional del Depósito de Pólizas. Todavía quedan pasos para su debut, como la modificación de la normativa del Scomp.
Por: Daniel Vizcarra G.
Publicado: Jueves 18 de noviembre de 2021 a las 04:00 hrs.
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El bajo número de ventas de rentas vitalicias ha sido uno de los problemas que la industria aseguradora ha afrontado durante los últimos años. En 2020, la comercialización de este producto previsional cayó 60,8% y en lo que va de 2021 la baja es de 25,8%.
Ante este escenario, las compañías de seguros de vida solicitaron el año pasado a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) poder ofrecer una nueva alternativa de esta modalidad de pensión.

El regulador escuchó y tras un análisis que realizó junto con la Superintendencia de Pensiones, en julio del presente ejercicio puso en consulta la propuesta de renta vitalicia con cláusula adicional de aumento temporal de pensión, que en la industria se conoce como renta vitalicia “escalonada”.
De acuerdo con fuentes conocedoras del proceso, la CMF ya aprobó el texto con las condiciones generales de esta nueva cláusula, lo que fue confirmado a DF por el supervisor financiero. El organismo regulador detalló que el 3 de noviembre la nueva renta vitalicia escalonada ingresó al Depósito de Pólizas de la CMF.
Pese al visto bueno, desde el regulador explicaron que todavía restan pasos para que esta alternativa pueda ser ofrecida en el mercado por las compañías de seguros de vida.
“Para que la cláusula adicional pueda comercializarse primero debe modificarse, en conjunto con la Superintendencia de Pensiones, la Norma de Carácter General N° 218 que regula el Sistema de Consulta y Oferta de Montos de Pensión (Scomp). También deberán modificarse las Circulares N° 1.194 y 1.815 que solicitan información de las rentas vitalicias contratadas. Estas normas se encuentran en desarrollo, por lo que en los próximos meses serán emitidas”, señalaron.
En el informe final de esta nueva cláusula, se señala que se encontraron alternativas similares en Perú y Colombia que formaron parte del análisis.
La nueva alternativa
La nueva cobertura aplicará para las rentas vitalicias inmediatas y las con retiro programado, para las líneas de vejez e invalidez.
En concreto, desde el organismo supervisor explicaron que la cláusula consiste en que la compañía de seguros pagará al asegurado contratante una renta vitalicia mensual ofertada en el Scomp, pero que durante un período temporal, al inicio de la etapa de jubilación, pagará esa renta aumentada en un porcentaje determinado.
El porcentaje máximo en que se podrá aumentar la renta vitalicia durante el determinado lapso, la CMF lo estableció en un 100%.
Lo anterior significa que en algunos meses definidos la renta aumentada podrá ser como máximo dos veces el monto del producto previsional suscrito.
Sin embargo, la cifra original sobre el cual se calcula el porcentaje adicional que se pagará por un tiempo definido deberá cumplir con el requisito básico que se pide para poder contratar una renta vitalicia, esto es, que pueda financiar como mínimo una Pensión Básica Solidaria (PBS) de vejez para el último tramo de edad vigente.
Compañías y asesores se preparan
Pese a que todavía faltan pasos para iniciar su comercialización, las compañías de seguros ya comenzaron a prepararse para esta nueva cobertura.
Una de ellas es Consorcio, que a inicios de esta semana realizó una capacitación a asesores previsionales con el objetivo de explicar cómo operará la nueva cláusula de rentas vitalicias, con la aprobación de la CMF.
De acuerdo con la presentación, se explicó que el objetivo del aumento temporal es “otorgar a los afiliados que están en proceso de pensionarse o cambiarse a una renta vitalicia, una alternativa diferente a las modalidades de retiro programado y renta vitalicia diferida”.
Especificaron que el principal “rival” de esta nueva cláusula será el retiro programado que otorgan las AFP, ya que en ambos casos se trata de clientes que están dispuestos a recibir una pensión menor en el futuro a cambio de un monto mayor al principio de su etapa de jubilación.
Señalaron que la ventaja que tendrá la renta vitalicia escalonada sobre la modalidad de pensión de las AFP es que el pensionado “sabrá exactamente el monto de pensión que recibirá cada año ya que será fijo en UF, sin sufrir variaciones ni recálculos”.
Aconsejaron a los vendedores que al momento de ofrecer este producto a las personas que están en trámite de pensión, se entregue la cantidad de información posible.
“Este producto requiere de una completa entrega de información al pensionable para que tenga claridad respecto de los montos de pensión que recibirá en cada etapa del contrato vitalicio y, en especial de la disminución de pensión al término del periodo temporal de aumento de pensión”, señala la presentación de Consorcio.
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