Con el objetivo de facilitar el proceso de supervisión, aclarar y mejorar aspectos de la evaluación del capital y determinar los riesgos de los bancos, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) publicó este jueves ajustes a la normativa para la determinación de requerimientos regulatorios adicionales de capital de las entidades bancarias, como resultado del proceso de supervisión, conocido como el Pilar 2 de Basilea III.
Tras un segundo proceso de consulta, que se realizó desde el 11 de octubre de 2024 hasta el 8 de noviembre del mismo año, se recogieron y abordaron las principales inquietudes que se levantaron respecto de la primera versión en consulta.
Los nuevos ajustes normativos publicados, introducen perfeccionamientos al Capítulo 21-13 de la Recopilación Actualizada de Normas para bancos (RAN) de la CMF, con el objetivo de facilitar el proceso supervisor y aclarar algunos aspectos del proceso de evaluación del capital.
Los cambios
La nueva normativa, considera el ajuste del anexo n°1 sobre riesgos de mercado del libro de banca (RMLB). Ahora, la CMF podrá exigir un requerimiento de capital para lograr una cobertura completa a la realidad del banco.
El comunicado explicó que “se consideran ajustes al cómputo de las métricas sobre la capacidad de generación de intereses y reajustes netos de corto plazo y sobre el valor económico, definición de bancos priorizados y modelamiento y reporte de los flujos prepagados en los préstamos a tasa fija sujetos a riesgo de prepago".
De igual manera, se limitó la extensión de hojas del informe de autoevaluación de patrimonio efectivo y se ajustó el anexo n°3 e instruyó el reporte en formato excel.
Además, se aclaró la determinación del objetivo interno de patrimonio efectivo y el vínculo con el cargo que pueda establecer la CMF, que busca mejorar la definición de perfil de riesgo inherente y corrige la referencia a la frecuencia de los estados financieros.
Asimismo, con el fin de facilitar la comprensión de los cambios regulatorios y explicitar los criterios que aplicará la CMF, se detalló los procesos de determinación de los bancos priorizados, la asignación de capital por RMLB por parte de los bancos y la determinación de cargos de capital por RMLB por parte de la CMF, aclarando los criterios.