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Publicado: Jueves 19 de julio de 2018 a las 04:00 hrs.
El impuesto Global Complementario grava a las personas naturales con domicilio o residencia en Chile. Dicho tributo, que se determina y paga una vez al año, se establece sobre las rentas que percibe anualmente un individuo tanto a nivel de empresa (Primera Categoría) como persona (Segunda Categoría).
El Global Complementario es progresivo y se compone de siete tramos para las personas y ocho para los funcionarios públicos como ministros, subsecretarios, diputados, senadores y el presidente de la República. La tributación más alta en cada caso asciende a 35% y 40%, respectivamente.
En el primer caso, el tramo exento se ubica en hasta los $ 644 mil mensuales. Entre dicha cifra y $ 1,4 millones, el factor es 0,04%, mientras que el tramo más alto (factor de 0,35%) se ubican las rentas mensuales superiores a $ 5,7 millones. Para el segundo caso, el tramo exento es idéntico. Pero la tributación más alta (factor de 0,40%) aplica para los ingresos mensuales a partir de los $ 7,1 millones.
En el régimen semi integrado, un 65% de lo que la persona pagó a nivel de empresas (el gravamen corporativo es de 27%) puede descontarse en sus impuestos personales finales. En el sistema de renta atribuida, el 100% de lo pagado como corporación se puede deducir en el Global Complementario.