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Publicado: Jueves 26 de septiembre de 2019 a las 04:00 hrs.
Consiste en una ventana transitoria, que se extenderá entre el primero de octubre y el 31 de diciembre de este año, para que contribuyentes morosos accedan a condonaciones de sus deudas tributarias con el Fisco.
Esto implica que se aumentará el porcentaje condonado para multas e intereses derivados de deudas impagas con el Fisco. En concreto, durante los 90 días en que se extenderá el proceso, se implementará una condonación especial de 85% de las multas e intereses a quienes paguen al contado sus deudas tributarias, y de 65% a quienes suscriban un convenio de pago, con facilidades hasta en 24 cuotas.
La condonación no se aplicará al capital ni a los reajustes de las deudas.
Según el Ministerio de Hacienda y la Tesorería General de la República, la medida beneficiará a más de 732 mil contribuyentes, con el siguiente desglose:
- Micro empresas: 391.090
- Pequeñas empresas: 61.086
- Personas naturales: 204.719
- Grandes empresas: 4.837.
La medida también está dirigida a más de 1 millón de contribuyentes con obligaciones morosas en sus contribuciones, de los cuales más de 200 mil son adultos mayores.
Según el gobierno, acceder a la condonación permitirá beneficios como que se evitarán acciones de cobro de parte de la Tesorería sobre el patrimonio del deudor, facilitando su administración; también, se permitirá que los contribuyentes puedan participar en procesos de contratación pública, donde para incorporarse al catastro de proveedores del Estado se exige tener regularizada su situación tributaria, entre otros aspectos.
Toma fuerza la idea de que, en primer lugar, el cargo sea nombrado por Alta Dirección Pública (ADP). Además, piden dejar sin efecto y revisar una serie de dictámenes controversiales.
La entidad de educación parvularia recurrió a la Corte Suprema para intentar revertir una “condena real de más de $ 1.800 millones”, la que considera “absolutamente expropiatoria, ilegal, injusta y abusiva”.
Si bien la conducta fue considerada "grave" por el ente regulador, este optó por una amonestación menor debido a que no se acreditó un daño directo al mercado ni la obtención de un beneficio económico.
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