Dirección del Trabajo descarta "reconsiderar" su dictamen sobre los trabajadores sin jornada laboral establecida
La DT entregó su respuesta a la solicitud de reconsideración de los gremios empresariales, declinando cambiar el pronunciamiento "por encontrarse plenamente ajustado a derecho". Desde la Cámara Nacional de Comercio (CNC) criticaron la respuesta del servicio, calificándola de "tardía e insuficiente".
Por: Carolina León
Publicado: Martes 26 de noviembre de 2024 a las 13:55 hrs.
Foto: Julio Castro
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Febrero fue un mes intenso para la Dirección del Trabajo (DT) ad portas de la entrada en vigencia en abril de la primera fase de la reducción de la jornada laboral -de 45 a 44 horas semanales- y, de hecho, publicó una serie de pronunciamientos para responder consultas particulares sobre este tránsito.
Entre ellos hubo uno que desencadenó una serie de críticas desde el mundo empresarial, y fue el que decía relación con la aplicación del polémico nuevo inciso 2° del artículo 22 del Código del Trabajo, el cual regula a los trabajadores que están excluidos del control de jornada, es decir, que no cumplen horarios.
En dicho texto, el servicio entregó lineamientos respecto a lo que debe entenderse como trabajadores sin jornada y estableció que, a modo de ejemplo, “la sola circunstancia de prestar servicios fuera del local, establecimiento o faena de la empresa, inclusive en otra región del país, no constituye un obstáculo para controlar la asistencia y horas de trabajo de un dependiente”.
Este pronunciamiento gatilló que en mayo, ya con la Ley en vigencia, la Confederación de la Producción y del Comercio (CPC), la Cámara Nacional de Comercio (CNC), la Sociedad de Fomento Fabril (Sofofa) y la Cámara Chilena de la Construcción (CChC) solicitaran al director del Trabajo, Pablo Zenteno, “reconsiderar” el pronunciamiento.
Para los gremios involucrados, dicho dictamen generó preocupación en empresas de distintos rubros, tamaños y ubicaciones geográficas, pues pasaría a llevar el derecho a no tener horarios específicos que hoy tienen quienes lo han pactado así con su empleador.
Para las agrupaciones gremiales y sus respectivos abogados, "la exención de control obligatorio está dada por la naturaleza de las funciones y las responsabilidades que de ellas emanan, de modo que impedir dicha flexibilidad afectaría tanto a las personas como al funcionamiento y productividad empresarial".
Desde la perspectiva de los gremios empresariales, la realidad del mundo laboral dejaría en evidencia que las personas quieren empleos más flexibles, trabajar desde sus casas y poder conciliar familia y trabajo; todo de común acuerdo con el empleador. "El dictamen va en el sentido contrario: restringe la libertad y la posibilidad de acuerdos, y no reconoce la realidad de un mundo del trabajo moderno, tecnologizado, diverso y flexible", criticaron los privados.
La respuesta
Tras algunos meses de espera, la DT entregó su respuesta a cada gremio empresarial y declinó cambiar los ejes de su dictamen.
El servicio planteó que, por normativa, a la DT le corresponde fijar de oficio o a petición de parte por medio de dictámenes el sentido y alcance de las leyes del trabajo; y la divulgación de los principios técnicos y sociales de la legislación laboral.
“De esta forma, el pronunciamiento impugnado emana de una potestad legal expresa que habilita a este servicio para fijar el correcto sentido y alcance de las leyes del trabajo y divulgar sus principios”, dijo la DT, descartando que haya actuado fuera de sus facultades.
En esa línea, la respuesta agrega que la doctrina expuesta en el dictamen cuestionado ha sido ratificada mediante otro dictamen N°545/22 de 12.08.2024 el cual, además, complementa las materias sometidas a reconsideración”.
En consecuencia, sobre la base de las normas legales citadas, jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, la DT dijo que “se niega lugar a la solicitud de reconsideración parcial del Dictamen n°84/04 de 06.02.2024, por encontrarse plenamente ajustado a derecho”.
La reacción de los gremios
El presidente de la Cámara Nacional de Comercio (CNC), José Pakomio, criticó la respuesta del servicio, calificándola de "tardía e insuficiente".
"Tras seis meses de espera, la resolución carece de sustento y no aborda ninguno de los puntos de fondo planteados. Este retraso y falta de profundidad generan incertidumbre sobre la real capacidad de la autoridad para rectificar sus decisiones", dijo Pakomio, quien agregó que se esperaba un análisis "más sólido, especialmente considerando que la DT ha excedido sus atribuciones legales al imponer medidas e implicancias que no estaban contempladas en la ley. Este tipo de actuaciones no solo contradicen el marco normativo, sino que también debilitan la confianza en las instituciones encargadas de garantizar el respeto a la legislación laboral".
Desde su perspectiva, es fundamental que la DT considere los fallos judiciales recientes "que ya han evidenciado errores en sus criterios, y entregue una respuesta ajustada a derecho que fortalezca la certeza jurídica para empleadores y trabajadores".
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