El Servicio de Impuestos Internos interpuso ante el Juzgado de Garantía de Iquique, cuatro querellas criminales en contra de usuarios de la Zona Franca, como autores del delito tributario con la finalidad de defraudar al Fisco.
Los querellados son Epifanio Hugo Pérez Chávez, por sí y en su calidad de representante legal de la empresa Embarcadora, Importadora y Exportadora; Daniel Iver Mollo Colque, por sí y en su calidad de representante legal de la sociedad Usuario de Zona Franca Importadora y Exportadora Megalider Limitada; Gladys Castilo Vistoso, por sí y en su calidad de representante legal de la empresa Zoe Importadora y Exportadora Limitada; y Macarena Monserrat Gargía Castillo, por sí y en su calidad de representante legal de la empresa Import Export Indigo Limitada.
Cabe recordar que la Ley N° 19.946, publicada en el Diario Oficial del 11 de mayo del 2004, incorporó el referido número 25 en el artículo 97 del Código Tributario, tipificando como delitos tributarios determinadas acciones tendientes a perjudicar el interés fiscal, incurridas por quienes efectúan transacciones al alero de las zonas francas, respecto de lo cual, esta Institución impartió instrucciones mediante Circular N°26, de fecha 03 de junio de 2004.
Las conductas denunciadas quedaron al descubierto en virtud de un programa de Fiscalización, elaborado por el Servicio, que tiene por objeto fiscalizar el correcto y oportuno pago del Impuesto Único de retención devengado en las importaciones de mercaderías extranjeras, desde la Zona Franca Primaria a la Zona Franca de Extensión.
Cabe precisar que de acuerdo con la legislación vigente en la materia, cuando una mercancía es trasladada desde la zona Primaria (recinto amurallado) a la zona de Extensión, debe pagar este impuesto especial.
Los hechos en que se fundan las acciones penales, consistieron en que los querellados en su calidad de representantes de Usuarios de Zona Franca, realizaron desde los años 2010 al 2013 diversas Solicitudes de Registro de Facturas (SRF), amparando la venta de mercancías desde la Zona Franca Primaria a la Zona Franca de Extensión en la ciudad de Iquique; sin embargo, haciendo mal uso de dicha calidad de usuario con la finalidad de defraudar al Fisco, pagaron un monto notoriamente menor del impuesto específico que grava estas transacciones comerciales, el cual debe ser declarado mensualmente en el Formulario N° 50, ingresando en definitiva y en forma oculta a la autoridad tributaria, numerosas mercaderías al territorio nacional, generando con ello un grave perjuicio fiscal que alcanza la suma de $641.767.273.