Los reparos de la Suprema al proyecto que busca asegurar el origen lícito de los honorarios de abogados defensores de narcotraficantes
El informe del máximo tribunal señala que “en ningún caso la norma logrará por sí sola impedir el blanqueo del dinero mal habido con que se pudieran haber remunerado sus servicios profesionales”.
Por: Rodolfo Carrasco
Publicado: Miércoles 29 de enero de 2025 a las 10:55 hrs.
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El pleno de la Corte Suprema remitió su opinión a la Cámara de Diputados respecto del proyecto de ley, presentado por diversos diputados del oficialismo, que busca asegurar el origen lícito de los honorarios percibidos por los abogados defensores de personas imputadas por los delitos de Ley de Drogas.
La idea matriz del proyecto -que cumple su primer trámite constitucional en la comisión de Seguridad Ciudadana de la Cámara de Diputados- es establecer la obligación para los abogados patrocinantes de causas relacionadas con delitos complejos, de percibir sus honorarios mediante medios de pago distintos al dinero en efectivo, para de esa forma facilitar la comprobación del origen de esos dineros.
Luego de analizar la iniciativa, la Suprema planteó diversos reparos al texto. Una de las observaciones es que se le “asigna a los tribunales una función que es propia del ente a cargo de la investigación, cual es la de asegurar la licitud del dinero. Esto resulta inconveniente, porque todas las tareas de los tribunales debieran estar enfocadas en el desenvolvimiento del proceso y en asegurar los fines del mismo”.
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Asimismo, precisan los magistrados que la reforma que promueve el proyecto “puede devenir ineficaz, porque la nueva atribución con que contarán los tribunales con competencia penal a lo más podrá aspirar a tener un efecto disuasorio sobre los potenciales abogados infractores, pero en ningún caso logrará por sí sola impedir el blanqueo del dinero mal habido con que se pudieran haber remunerado sus servicios profesionales. Antes bien, dicho dinero se mantendrá en el tráfico económico, ahora limpio y con apariencia de licitud”.
La Corte también hace presente en este informe “el riesgo que encierra el proyecto, en cuanto a que es factible prever una mayor litigiosidad, sobre todo promovida por los abogados que se sientan afectados por las sanciones que se les apliquen. Esto se agrava aún más si se piensa que en el proyecto no se señala el procedimiento aplicable para la imposición de la sanción”.
Agregan finalmente que “problema aparte es el que se podría suscitar cuando el abogado del imputado deba argumentar ante el tribunal que, por razones ajenas a su persona, no ha recibido el pago de sus honorarios”.
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