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REGÍSTRATE AQUÍIniciativa fue aprobada por 91 votos a favor y 3 abstenciones. Ahora pasa al Senado.
Por: Diario Financiero Online
Publicado: Miércoles 1 de octubre de 2014 a las 14:38 hrs.
La Sala de la Cámara de Diputados aprobó, por 91 votos a favor y 3 abstenciones, el proyecto del Ejecutivo que establece un aporte de capital extraordinario para la Corporación Nacional del Cobre de Chile (Codelco) y la autoriza para contraer endeudamiento.
La propuesta fue informada este martes a la Sala por el diputado Marcos Espinosa (PRSD), de la Comisión de Minería, y por el diputado Enrique Jaramillo (PPD), de la Comisión de Hacienda. La discusión se inició ayer y continuó en la sesión de Sala de este miércoles.
El texto legal autoriza, a contar de la entrada en vigencia de la ley y hasta el 28 de febrero de 2018, al Ministro de Hacienda para que, mediante uno o más decretos expedidos bajo la fórmula "Por Orden del Presidente de la República", efectúe aportes extraordinarios de capital por un monto de hasta US$3.000 millones a Codelco, en una o más transferencias, las que se financiarán con activos financieros disponibles en el Tesoro Público, sean estos en moneda nacional o en moneda extranjera.
Por el mismo plazo, se autoriza a la presidenta de la República para contraer obligaciones, en el país o en el exterior, en moneda nacional o en monedas extranjeras, hasta por la misma cantidad recién señalada, que por concepto de endeudamiento se incluirán en los ingresos generales de la Nación. Para estos fines se podrá emitir y colocar bonos y otros documentos en moneda nacional o extranjera, los que podrán llevar impresa la firma del Tesorero General de la República.
La autorización que se otorga a la Presidenta de la República será ejercida mediante decretos supremos expedidos a través del Ministerio de Hacienda, en los que se identificará el destino específico de las obligaciones que se contraigan e indicando las fuentes de recursos con cargo a los cuales debe hacerse el servicio de la deuda.
La propuesta también especifica que, a partir de la entrada en vigencia de la ley y hasta el año 2018, el directorio de Codelco deberá poner a disposición de la junta de accionistas y de la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, un informe anual de avance del Plan de Negocios y Desarrollo del año 2014.
Dicho informe deberá evacuarse antes del 30 de marzo de cada año y sus contenidos serán definidos en una junta extraordinaria de accionistas realizada, a más tardar, dentro de los 60 días siguientes a la fecha de publicación de la presente ley. Sin perjuicio de lo anterior, tal informe deberá dar cuenta, a lo menos, del avance de las inversiones contenidas en dicho Plan al término del año anterior, incluyendo su ejecución financiera, el detalle de los principales componentes de su ejecución y el financiamiento utilizado.
Además, establece que la junta de accionistas evaluará el citado informe y lo considerará como antecedente para el pronunciamiento que emita acerca del monto de recursos que la empresa podrá destinar a la formación de fondos de capitalización y reserva para el año respectivo, el que no podrá superar los US$800 millones.
El Ministerio de Hacienda podrá utilizar dicho informe, así como cualquier otro antecedente, incluyendo los que entregue el Ministerio de Minería o los organismos o entidades del sector público que lo asesoren sobre la materia, para la determinación de él o los montos del aporte de capital a traspasar a la empresa.
Finalmente, tras una indicación aprobada en la Comisión de Hacienda, el texto fija la obligación a Codelco de presentar a la opinión pública y a las Comisiones de Hacienda y Minería del Senado y de la Cámara, un análisis del cumplimiento de las metas el período del Plan, respecto de los recursos que les fueron transferidos.
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