Telecom/Tecnología

Atton: “El éxito de la 4G estaba amenazado por la acción judicial de Claro”

La operadora de telecomunicaciones estudia el fallo y evalúa recurrir a la Corte Suprema.

Por: | Publicado: Lunes 2 de abril de 2012 a las 05:00 hrs.
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por verónica moreno



“Todos los beneficios sociales y económicos que implica la culminación exitosa del concurso 4G en desarrollo, estaban amenazados con la acción judicial de la empresa”, dice Jorge Atton, subsecretario de Telecomunicaciones, sobre el recurso de protección interpuesto por Claro en contra de las bases del concurso de 4G y que el viernes la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó.

Atton agrega sobre la acción “que desde el primer minuto señalamos que no tenía fundamentos jurídicos ni técnicos, y así lo entendió la corte rechazándolo por unanimidad”.

En tanto, los abogados de Claro se encuentran estudiando el fallo y durante esta semana podrían recurrir a la Corte Suprema.




El origen del conflicto


Claro interpuso un recurso de protección en contra de Pedro Pablo Errázuriz, ministro de Transportes y Telecomunicaciones y Jorge Atton, subsecretario de la cartera.

La firma alegó el desconocimiento ilegal y arbitrario del derecho preferente adquirido en 2005 para participar en el concurso para el otorgamiento de nuevas concesiones de servicio público de transmisión de datos fijos y/o móviles.Este desconocimiento habría quedado de manifiesto en las bases del concurso para 4G aprobadas el 15 de diciembre pasado y cuyo proceso de licitación está en curso.

Claro señaló que si bien a través de una ley publicada el 11 de noviembre de 2011 se derogaron los derechos preferentes, ésta no tendría efecto retroactivo.

Por eso pidió a la justicia complementar las bases de la licitación de 4G reconociendo su derecho.

Sin embargo, la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la ministra María Soledad Melo, rechazó el recurso argumentando que la ley que derogó los derechos preferentes “no estipuló en su articulado, ni aún transitorio, alguna norma que resguardara los que hubieren existido con anterioridad” y que “las bases impugnadas se encuentran dictadas de conformidad a la normativa legal vigente al momento de su confección (...) por lo que no pueden ser reputadas de arbitrarias o ilegales por no haber contemplado normas derogadas previamente”.

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