Casi $ 5.600 millones: el total que se ha retenido y pagado acorde a la ley de Pensión de Alimentos, según la CMF
De un análisis de más de 3,6 millones de operaciones de créditos realizado por el regulador, 3.593 de esas resultaron con retención para este grupo de personas.
Por: Sofía Pumpin
Publicado: Miércoles 9 de julio de 2025 a las 17:35 hrs.
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La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) presentó este miércoles, en la comisión de Mujer y Equidad de género de la Cámara de Diputados, las retenciones realizadas por las entidades acorde a la ley de Pensión de Alimentos.
De un análisis de más de 3,6 millones de operaciones de créditos, 3.593 de esas resultaron con retención para deudores de pensión. El monto retenido y pagado a alimentarios fue de $ 5.591 millones.
La presidenta de la CMF, Solange Berstein, la catalogó como “una cifra bastante importante”.
Asimismo, un 57% de las retenciones fue por parte de los bancos, totalizando un monto de $ 3.201 millones. Luego, le siguen las cooperativas, con $1.786 millones, lo que equivale a un 32%. Por último, están las aseguradoras y las sociedades de apoyo al giro, con un 6% y 5%, respectivamente.
Proceso sancionatorios
Según comentó Berstein, a la fecha se han emitido 25 resoluciones sancionando a un total de 140 operaciones, aplicando multas a las entidades que no llevaron a cabo la retención en casos necesarios, por UF 11.937,03, vale decir unos $ 469 millones.
Con un 75%, son las instituciones bancarias las que lideran el ranking de las sanciones, con un monto total de $ 351 millones. La presidenta de la CMF, explicó que esto se debe a que son las entidades que tienen el mayor volumen de créditos.
Le siguen las cooperativas con 13% y las aseguradoras y sociedades de apoyo al giro, ambas con 6%.
¿Cómo trabaja la CMF?
La ley sobre pago de pensiones alimenticias mandata a la CMF a supervisar el cumplimiento de las obligaciones. Es su responsabilidad consultar el registro nacional de deudores de pensiones de alimentos para operaciones de créditos de dinero iguales o superiores a UF 50.
En esta ocación, la CMF supervisó el 100% de las operaciones reportadas por las entidades afectas a esta obligación, donde las instituciones informan todas las operaciones de crédito de personas naturales que indica la ley. Además, se debe verificar si hay coincidencia entre dichas operaciones y el registro de deudores, que mantiene el Registro Civil.
Cuando no se encuentra una coincidencia y no se hizo la retención, se pide una aclaración a las instituciones afectas a la regulación para verificar. Si no se realizó de manera correcta, es decir no se aplicó una retención en el caso necesario, es revisado por la unidad de investigación de la CMF.
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