Deudas de pensión alimenticia: ¿Cómo retener el rescate del segundo retiro del 10%?
Más de 159 mil liquidaciones de pago por esta causa han recibido las AFP, de las cuales han pagado el 69%.
Por: Constanza Ramos T.
Publicado: Martes 5 de enero de 2021 a las 18:29 hrs.
Noticias destacadas
En la tarde de hoy martes la Superintendencia de Pensiones (SP) informó sobre la situación en que se encuentran los pagos pendientes de los retiros de fondos, por tratarse de afiliados que estaban con medidas cautelares por deudas de pensión de alimentos.
Según el regulador hasta el 30 de diciembre las administradoras habían recibido 159.162 liquidaciones de pago autorizadas por los tribunales de familia. De ese total, 69% ya se encuentra pagado a los demandantes, esto es, 109.675 liquidaciones. En el caso de AFP Habitat la información está actualizada al 24 de diciembre.
Según los datos recabados por la SP, a la fecha el total de pagos efectuados por concepto de liquidaciones por deuda de alimentos alcanza US$ 156,5 millones, mientras que el monto promedio por liquidación judicial es de $ 1.002.655.
¿Cómo retener el dinero?
La SP recuerda que la Ley N° 21.295 que autorizó el segundo retiro de fondos también contempla la posibilidad de que los demandantes de pensión de alimentos pidan a los tribunales de familia que les autoricen a presentar directamente la solicitud de rescate desde las cuentas de los afiliados demandados.
Esta autorización se denomina subrogación y se solicita sólo en esos tribunales, es autorizada por éstos y no por parte de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).
¿Qué es la subrogación?
El pago por subrogación es un derecho que la ley otorga a la o el demandante de pensión de alimentos para que realice directamente la solicitud de retiro de fondos previsionales desde la cuenta de capitalización individual obligatoria del demandado. El o la demandante pueden solicitar a través de la subrogación el monto del primer y segundo retiro autorizados y hasta el pago de la totalidad de la deuda de alimentos.
¿Dónde se solicita?
Es una gestión judicial que se debe realizar ante el tribunal de familia en que se tramita la causa de pensión de alimentos. Dicho tribunal deberá emitir una resolución autorizando el pago por subrogación, liquidando la deuda alimenticia y los datos de cuentas de la o el demandante de alimentos, para luego notificar a la AFP y que ésta proceda al pago.
¿Cuál es el plazo de pago?
La administradora tiene como plazo para pagar los fondos retenidos por deudas alimenticias los siguientes diez días hábiles desde que vence el plazo que tiene el demandado para oponerse a la liquidación dispuesta por el tribunal o bien, si ha existido oposición, desde que la resolución que se pronuncia sobre el tema se encuentre firme y ejecutoriada.
Te recomendamos
ARTICULOS RELACIONADOS
Newsletters
LO MÁS LEÍDO
La Asociación Nacional de la Prensa pide al Ejecutivo retirar artículo que vulneraría los derechos de autor
El artículo 8° del proyecto de ley miscelánea permitirá que terceros usen grandes volúmenes de datos -texto, sonido e imagen- sin pagar derechos de autor. La ANP señaló que se trata de una "copia textual" de una disposición del proyecto de ley de IA del gobierno anterior, la que fue criticada y rechazada por la Cámara de Diputados por afectar "el derecho de autor".
BRANDED CONTENT
¡Openday llega a Valdivia!. Una instancia abierta y gratuita dirigida a todo público
El evento se realizará el miércoles 22 de abril en el Work/Café Valdivia. Combinará educación financiera, asesorías personalizadas y contenidos prácticos para apoyar decisiones de inversión, en un escenario de mayor incertidumbre y en plena Operación Renta.
¡Openday llega a Valdivia!. Una instancia abierta y gratuita dirigida a todo público
El evento se realizará el miércoles 22 de abril en el Work/Café Valdivia. Combinará educación financiera, asesorías personalizadas y contenidos prácticos para apoyar decisiones de inversión, en un escenario de mayor incertidumbre y en plena Operación Renta.
Dra Susan Bueno y el impulso que la mueve a avanzar, investigar y aportar a la sociedad.
Su curiosidad temprana la llevó a estudiar las enfermedades infecciosas y a contribuir en el desarrollo de la primera vacuna aplicada masivamente en Chile contra el Covid-19. Hoy, la Dra. Susan Bueno, reconocida en 2024 como inventora del año, continúa aportando desde la investigación al fortalecimiento de la salud. Mira aquí su entrevista
Instagram
Facebook
LinkedIn
YouTube
TikTok