El misterioso cálculo de las contribuciones
MARÍA FERNANDA HEUSSER Asociada senior de Lathrop Mujica Herrera y Diez Abogados
El inicio de una investigación especial en el Servicio de Impuestos Internos (SII) decretada por la Contraloría General de la República (CGR) por eventuales irregularidades en el proceso de reavalúo de bienes raíces agrícolas durante 2024, tiene al impuesto territorial en la palestra.
En la era del acceso a la información y con el estandarte de la exigencia de mayor transparencia fiscal, de acuerdo con los lineamientos OCDE, este impuesto –más conocido como “contribuciones”– sigue operando en una lógica propia del siglo pasado, centralizando su determinación en manos del SII, con un mecanismo de cálculo críptico, según la aplicación de una serie de parámetros técnicos. El problema es que dicha metodología es prácticamente incomprensible para la mayoría.
“S bien, pagar los impuestos oportunamente es un deber cívico, entender lo que pagamos es también un derecho”.
De allí a que surjan interrogantes del tipo: ¿cuánto vale para el SII realmente mi casa o terreno? O, en el caso de sectores agrícolas, respecto de si el servicio está considerando la real potencialidad de ingresos del agro en función de este tipo de terreno, entre muchos otros cuestionamientos.
La geografía nacional agrava, además, la situación. En un país con condiciones tan disímiles a lo largo del territorio –con zonas rurales de difícil acceso y una planificación urbana poco armoniosa, donde conviven paños dedicados a la agricultura con industrias o proyectos inmobiliarios– aplicar criterios uniformes para valorizar propiedades puede generar distorsiones.
Es un deber del SII entregar los medios adecuados para que los contribuyentes conozcan en términos simples y amigables cómo se calcula este impuesto. El artículo 8° bis del Código Tributario garantiza a los contribuyentes el derecho a conocer “los hechos, el derecho y el razonamiento lógico y jurídico” tras cada acto del SII, lo que refuerza la exigencia de claridad, incluso cuando no está expresamente dispuesto por la ley y protege el derecho al debido proceso.
Si queremos avanzar como país hacia un sistema fiscal más justo y transparente, no podemos perseverar si uno de sus principales impuestos patrimoniales sigue operando como una caja negra, misteriosa e incompresible.
En este sentido, podemos recoger de la experiencia comparada de países OCDE ciertos elemento que tienden a transparentar el proceso como es la publicidad para los ciudadanos de la información catastral de inmuebles en una misma zona determinada, la explicación detallada del aumento de valor del avalúo entre un cuatrienio y otro, y los parámetros en que se basa, o la colaboración ciudadana en el proceso en cuanto a la información de uso efecto del suelo (agrícola o urbano), con el fin de establecer de mejor manera la rentabilidad esperada. Ya que, si bien pagar nuestros impuestos oportunamente es un deber cívico, entender lo que pagamos es un derecho.