“La demanda será rechazada, ante la indeterminación del precio de los servicios prestados”.
Así señala en su parte conclusiva un fallo que le dio la razón, al menos en primera instancia judicial, a la empresaria Pamela Hites, tras ser demandada en la justicia civil por el abogado Juan Pablo Hermosilla.
El litigio había surgido luego de que la sociedad Asesorías Profesionales Hermosilla Limitada, representada por el abogado Juan Pablo Hermosilla Osorio interpusiera una demanda de cobro de honorarios en contra de Pamela Hites Palombo.
En su acción buscaba el pago de US$ 1.970.062, que correspondían al hecho de que Hermosilla le había prestado servicios profesionales a la demandada por casi cinco años, en el marco del conflicto hereditario que esta sostiene con su único hermano, Marcos Hites Palombo.
Esta representación profesional derivó en que en abril del 2023 las partes del conflicto hereditario firmaron una transacción que, a ojos de Hermosilla, le significaron a Pamela Hites multiplicar por 3,5 la herencia que por testamento se le había dejado a esta, pasando de tener una asignación testamentaria valorizada en US$ 7.733.540, a bienes hereditarios valorizados en US$ 27.434.158.
El punto central que deriva en la demanda de Hermosilla a Hites es que el acuerdo de honorarios pactado entre la empresaria y su entonces representante consistía en el pago de una suma equivalente al 10% de los montos conseguidos por sobre los bienes dejados en el testamento de Alex Hites. Es decir, los US$ 1.970.062.
Pero ocurrió que tras pagar Pamela Hites un abono de $ 50 millones a su abogado, esta relación se enredó, pues al entender de Hites el acuerdo alcanzado adoleció de una serie de incumplimientos por parte de su representante.
Según Hites, faltó una revisión de los antecedentes legales y financieros –due diligence- lo que hizo que sociedades que eran parte del acuerdo, como Inversiones Mundo Sur Limitada, Inversiones Centro Sur Limitada, Inmobiliaria Duto Limitada e Inmobiliaria Dual S.A. y Paluma Uno, mantuvieran cuentas por cobrar y por pagar, lo que incidía directamente en la valorización de las sociedades.
Había sociedades que no repartían dividendos y tampoco, al entender de Pamela Hites, se le informó ni se hizo una estimación razonable del impuesto herencia que la transacción le imponía pagar, ascendente a $2.488 millones. En suma, según dijo Hites en la justicia, debía cumplirse con un estándar de diligencia exigible, que no existió.
Y luego de dos años de juicio, el 20 de mayo pasado, el 23 Juzgado Civil de Santiago emitió su fallo, el cual rechazó la demanda de Juan Pablo Hermosilla por los mencionados honorarios. “Se rechaza la demanda de cobro de honorarios interpuesta por Asesorías Profesionales Hermosilla Limitada en contra de doña Andrea Pamela Hites Palombo”, dice la resolución.
“Es del todo claro -de acuerdo al contrato celebrado entre las partes- que los honorarios que se convinieron lo eran ‘a resultado’, es decir, dependiente del beneficio que consiguiera la demandada, y los hechos asentados no prueban la cuantía de tal logro económico. A la sazón, la demandante no probó la configuración del supuesto previsto en el contrato, para que se determinaran y devengaran los honorarios a pagarle”, agrega dicha resolución.
El documento agrega que “aun exigiendo a la demandada que actuando de acuerdo a la buena fe contractual, pague cierta cantidad de dinero a título de honorarios por la labor que el abogado de la demandada desempeñó, ello no suple la carencia de determinación del monto por el cual condenarla, ni siquiera para que sea este Tribunal el que determine el quantum, como se solicitó en la demanda (…) Se comparte con la demandada el planteamiento de que, en el Acuerdo de Transacción que celebraron don Marcos y doña Andrea Pamela, ambos Hites Palombo, no se valorizó la masa hereditaria de sus padres, como tampoco las asignaciones que ellos efectuaron”, detalló el texto judicial.
DF intentó comunicarse con el abogado Juan Pablo Hermosilla, sin éxito. Tampoco los representantes de Pamela Hites emitieron declaraciones tras este resultado.