El juicio que inició la Inmobiliaria Valle La Dehesa, parte del grupo Enaco, que solicitó que se declare ilegal la Actualización del Plan Regulador Comunal (PRC) de la comuna de Lo Barnechea, subió de tono.
En el proceso, el abogado del municipio, Mauricio Cisternas, presentó un escrito en que calificó como “de forma maliciosa e ignorante” la solicitud del privado para que se tenga por no presentada la lista de testigos porque habría operado la preclusión, por no haberse ejercido dentro del plazo legal.
“La contraria solo busca perjudicar el derecho de defensa de esta parte, a través de una interpretación arbitraria y antojadiza con la única finalidad de poder obtener una mejor situación jurídica mediante meras artimañas ‘jurídicas’ que no tienen ningún asidero a nivel jurisprudencial”, sostuvo.
Los abogados del privado, del estudio de abogados Guerrero Olivos, respondieron a la presentación del abogado del municipio. “Haciendo caso omiso de los adjetivos utilizados por la contraria, tales como; ‘forma maliciosa’, ‘ignorante’, ‘interpretación arbitraria’, ‘solo busca perjudicar el derecho a defensa’, ‘meras artimañas jurídicas’ debemos hacer presente que el hecho de tener posturas distintas, así como interpretaciones contrapuestas de las normas procesales, no implica ni conlleva que una parte quiera perjudicar el derecho a defensa de la contraparte”, señalaron los juristas.
Luego, afirmaron: “Por último, destacaremos que la defensa de la Ilustre Municipalidad de Lo Barnechea nos llama maliciosos y nos acusa de ignorantes. Sin embargo, a renglón seguido, solicita a esta Iltma. Corte que tenga por no presentada nuestra lista de testigos”.
El informe
Como parte del juicio, el privado citó el informe de un fiscal judicial que propuso declarar ilegal el nuevo instrumento de planificación territorial comunal, que figura en el expediente entre la Inmobiliaria Parque del Sol Limitada con la Municipalidad de Lo Barnechea.
El proceso de actualización del PRC de Lo Barnechea partió a fines de 2019 y se extendió cinco años, incorporando nuevas normativas y criterios ambientales. Entró en vigencia el 30 de octubre de 2025 y, según el municipio, concentra el desarrollo en aquellas zonas que cuentan con mejores atributos urbanos, y disminuye y modera la densidad y altura en los faldeos de cerros y cajones precordilleranos.
No obstante, la firma ligada a Enaco sostiene que, con el decreto alcaldicio, que calificó de ilegal, terrenos de su propiedad fueron gravados con restricciones, apuntando a “incongruencias y discriminaciones inaceptables”.
A principios de este 2026, la administración de la Inmobiliaria Valle La Dehesa presentó un reclamo de ilegalidad en contra del municipio ante la Corte de Apelaciones de Santiago, solicitando que se declare ilegal el decreto alcaldicio.
“Se han tomado decisiones que no tienen ningún sentido. Como consecuencia de ello, se han afectado -de forma ilegal- terrenos de propiedad de nuestra representada; se ha establecido una planificación incongruente con la realidad y con el desarrollo urbano promovido en la comuna, y que además es inconsistente con los antecedentes que integran el PRC”, dijo la inmobiliaria en su recurso.
Precisó que sus terrenos afectados por el PRC están ubicados dentro de la Zona J, denominada La Dehesa. En específico, detalló que se declaró como ZHE-2-DC-1 los Lotes N°1 a N°7, ubicados en los contornos de calle Camino la Cumbre, y a los Lotes N°36 a N°44, N°47 y N°48, aledaños a Camino del Chin y Camino Faldeos del Cerro.
La declaración como ZHE-2-DC-1 permite ejecutar construcciones con fines de vivienda de máximo 2 pisos, con una densidad habitacional permitida de 10 habitantes por hectárea, siempre que se cuente con una superficie de subdivisión predial de, al menos, 2.500 metros cuadrados. Según el PRC, las restricciones derivadas de este uso de suelo tienen por objeto evitar la exposición de los vecinos a riesgos altos o muy altos.
Además, la empresa dijo que la declaración como AVN1 afecta a sus Lotes N°45, N°46, N°47 y N°48, ubicados en los contornos de la calle Camino Faldeos del Cerro.
La declaración como AVN1 restringe totalmente la ejecución de edificaciones privadas, permitiendo sólo la construcción de edificios de uso público o con destinos complementarios a área verde. Cualquier otro tipo de obra requeriría de una modificación al respectivo Instrumento de Planificación Territorial.
Según el PRC, los terrenos gravados con este uso estarían expuestos a riesgos muy altos de remoción en masa por procesos de laderas, y no estarían urbanizados y consolidado.
En su informe como parte del juicio entre Inmobiliaria Parque del Sol Limitada con la Municipalidad de Lo Barnechea, la fiscal respaldó favorablemente el reclamo de ilegalidad interpuesto por el privado, señalando que el referido reclamo debía “ser acogido por haberse incurrido en las ilegalidades examinadas en lo relativo a la calificación de área verde nueva AVN 1 de propiedad de la reclamante singularizado en este recurso”.
Frente a esto, la empresa ligada a Enaco sostuvo: “Lo anterior, acredita lo reclamado por Inmobiliaria Valle la Dehesa S.A., esto es que, si los terrenos que han sido zonificados por el Plan Regulador Comunal de Lo Barnechea con el uso de suelo área verde AVN1 se encuentran urbanizados, no concurre el elemento que determina poder regularlos con dicho uso de suelo”.