Pleno de la Convención aprueba autonomías territoriales indígenas y comunas podrán crear empresas
En comisión de Sistema Político se logró acuerdo en que Cámara de Regiones tendrá participación en áreas de salud, vivienda, gasto fiscal regional y reformas constitucionales.
Por: Rodolfo Carrasco
Publicado: Martes 26 de abril de 2022 a las 18:29 hrs.
Foto: ATON
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El pleno de la Convención aprobó y envió al borrador de nueva Constitución diversos artículos que instauran las Autonomías Territoriales Indígenas (ATI), texto propuesto por la comisión Formas de Estado y que deja en manos del Congreso la forma de implementar y atribuciones de tales áreas.
En lo central se consagra que dichas zonas “son entidades territoriales dotadas de personalidad jurídica de derecho público y patrimonio propio, donde los pueblos y naciones indígenas ejercen derechos de autonomía” y que “es deber del Estado reconocer, promover y garantizar las Autonomías Territoriales Indígenas, para el cumplimiento de sus propios fines”.
Adicionalmente, se establece que “la ley, mediante un proceso de participación y consulta previa, creará un procedimiento oportuno, eficiente y transparente para la constitución de las ATI”.
Dicho procedimiento deberá iniciarse a partir del requerimiento de los pueblos y naciones indígenas interesados, a través de sus autoridades representativas.
El pleno también respaldó la creación de “territorios especiales” Rapa Nui y el Archipiélago Juan Fernández.
En otro aspecto de las autonomías aprobadas ayer en el marco del pleno de la Convención, se determinó que “las comunas autónomas, previa autorización por ley general o especial, podrán establecer empresas, o participar en ellas, ya sea individualmente o asociadas con otras entidades públicas o privadas”.
Las empresas públicas municipales tendrán personalidad jurídica, patrimonio propio y se regirán por las normas del derecho común.
El pleno se desarrolló ayer en un ambiente marco por el acuerdo que alcanzó la medianoche del lunes la comisión de Sistema Político de la Convención Constitucional respecto al diseño del llamado bicameralismo asimétrico.
En ese contexto, se resolvió el principal nudo referido a las atribuciones del Congreso y la Cámara de las Regiones, la que tendrá entre sus facultades injerencia en materias de salud, vivienda, gasto fiscal regional y reformas constitucionales.
La negociación
Pero alcanzar un entendimiento no estuvo exento de dificultades, dado los roces entre convencionales de los partidos Comunista y Socialista debido a la falta de cumplimiento de la palabra empeñada en los anteriores acuerdos.
Y a esto se añadió que, a diferencia de lo ocurrido con anterioridad, que en esta oportunidad no firmaron las indicaciones convencionales de la Coordinadora Plurinacional y Pueblo constituyente. Así, se sumaron al Colectivo del Apruebo y a los convencionales de Vamos por Chile en cuanto a no participar de las negociaciones.
El texto de 24 indicaciones que ahora debe analizar y votar la comisión y luego el pleno en busca de los 103 votos para poder pasar al borrador de la nueva Constitución fue suscrito, entre otros, por Ricardo Montero (PS), Jaime Bassa (FA), Fernando Atria (FA), Patricia Politzer (INN), Marcos Barraza (PC) y Bárbara Sepúlveda (PC).
El coordinador de la comisión, Ricardo Montero (PS), señaló que existen 130 indicaciones al texto que empezarán a votar desde este jueves. Sostuvo que tiene claro que se deben conquistar más apoyos debido a que los colectivos que firmaron el acuerdo suman solo 78 votos. “Vamos a conversar con todos los sectores para perfeccionar el acuerdo, es un buen sistema político que alinea la construcción de un estado social con uno regional”, planteó.
En lo central, el acuerdo establece los temas en que la Cámara de Regiones interviene en el proceso legislativo: “Sólo son leyes de acuerdo regional las que reformen la Constitución. Las que implementen el derecho a la salud, derecho a la educación y derecho a la vivienda; la de Presupuestos; las que aprueben el Estatuto Regional; las que regulen la elección, designación, competencias, atribuciones y procedimientos de los órganos y autoridades de las entidades territoriales”.
El Congreso de Diputadas y Diputados, a su vez, será un órgano deliberativo, paritario y plurinacional que representará al pueblo. Concurre a la formación de las leyes y ejerce las demás facultades encomendadas por la Constitución. Estará integrado por un número no inferior a 155 miembros que se elegirán en votación popular conjuntamente con las autoridades comunales y regionales, tres años después de la elección presidencial y del Congreso.
Además, es atribución exclusiva del Congreso de las Diputados declarar si han o no lugar las acusaciones constitucionales que no menos de diez ni más de veinte de sus integrantes formulen en contra del presidente, ministros o integrantes de la Corte Suprema.
Respecto al proceso de formación de las normas,se determinó que “las leyes deberán ser aprobadas, modificadas o derogadas por el Congreso.En caso de tratarse de una ley de acuerdo regional, la Presidencia del Congreso enviará el proyecto aprobado a la Cámara de las Regiones para continuar con su tramitación. Terminado este proceso, será despachado al Presidente de la República para su promulgación”.
En cuanto al rol de la Cámara de las Regiones para la formación de la ley, se señala que al recibir un proyecto “este se pronunciará aprobándolo o rechazándolo. En caso de aprobarse, la iniciativa será enviada al Congreso para su despacho al Ejecutivo”.
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