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Servel emite instructivo para garantizar trato igualitario a candidatos en ceremonias públicas

El documento establece que las invitaciones se deben cursar a todos los postulantes de un territorio electoral, con la debida antelación, garantizando la igualdad e imparcialidad.

Por: Diario Financiero Online | Publicado: Lunes 11 de septiembre de 2017 a las 13:14 hrs.
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A partir del 20 de septiembre y hasta el mismo día de las elecciones presidencial, parlamentarias y de consejeros regionales 2017, las autoridades públicas que realicen inauguraciones de obras u otros eventos o ceremonias de carácter público, deberán cursar invitación por escrito a todos los candidatos del respectivo territorio electoral, de acuerdo al artículo 30 de la Ley 18.700 sobre Votaciones Populares y Escrutinios.

Para explicitar la aplicación de dicha normativa, que tiene por objetivo propiciar la transparencia y trato equitativo de los distintos candidatos, el Consejo Directivo del Servicio Electoral (Servel), en su sesión del 2 de agosto pasado, acordó dictar un instructivo sobre la materia.

El documento establece las condiciones a que deberán ceñirse las autoridades públicas para cursar las invitaciones y las consecuencias de su incumplimiento. Asimismo, pone énfasis en la definición de los distintos actores que participan y en los territorios electorales en que se aplica.

De este modo, se define como autoridad al jefe superior del órgano o servicio de la Administración del Estado con competencia comunal, provincial, regional o nacional; mientras que por candidatos se entenderán aquellos que el Servel inscriba en el Registro Especial, en conformidad al artículo 19 de la Ley 18.700.

Las ceremonias de carácter público son todas las actividades que tienen por objeto concretar las funciones de los servicios públicos, a las cuales convocan las autoridades que los dirigen.

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