Impuestos: jueces tributarios advierten que indicaciones a reforma "relajan" la aplicación de la Norma Antielusión
Gremio se reunirá hoy con el ministro (s) de Hacienda, Francisco Moreno, para abordar modificaciones. Magistrados también cuestionan nueva comisión que aplicará la polémica cláusula contra la elusión.
Por: Sebastián Valdenegro Toro
Publicado: Jueves 23 de mayo de 2019 a las 14:47 hrs.
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La Asociación de Magistrados de los Tribunales Tributarios y Aduaneros (TTA) está inquieta. La agrupación de los jueces de la justicia especializada se encuentran analizando a fondo las indicaciones que presentó hace casi un mes el gobierno al proyecto de reforma tributaria.

Dichas modificaciones implican ajustes sustanciales que afectan a los TTA, principalmente respecto a la aplicación de la Norma General Antielusión (NGA) y la creación de una nueva comisión que decidirá cuándo se aplica o no la polémica cláusula. Antes, la aplicación dependía del Servicio de Impuestos Internos (SII), que hacía una presentación ante los TTA.
La Comisión Antielusión estará integrada por los titulares de la Fiscalía Nacional Económica (FNE), del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), un comisionado de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) y un abogado con 15 años de experiencia.
El presidente de los magistrados, Hernán Farías, aborda las inquietudes que les generan los cambios, los que abordarán hoy en una reunión que sostendrá con el ministro (s) de Hacienda, Francisco Moreno.
- En general, ¿cómo reciben las indicaciones que presentó el Ejecutivo a la reforma tributaria hace un par de semanas?
- Hemos recibido las indicaciones con mucha atención e interés. Como bien se sabe, el proyecto dispone diversas modificaciones al Código Tributario -derechos de los contribuyentes; aplicación norma General Antielusión; facultad de tasar; normas de procedimiento, plazos para reclamar, etc.- por lo que se requiere un estudio acabado del efecto de las indicaciones en el proyecto, a fin de determinar la pertinencia de las mismas, que es justamente a lo que estamos dedicados como asociación.
- ¿Consideran que los cambios endurecen o relajan la aplicación de la Norma General Antielusión?
- Aunque todavía estamos en un análisis preliminar, creemos que de alguna forma se relaja su aplicación, ya que de su redacción es posible observar que lo que se busca es hacer primar las normas del derecho civil al momento de interpretar el derecho tributario, estableciendo por ejemplo que la autoridad fiscalizadora demuestre que los actos o contratos utilizados para eludir adolecen de un vicio de nulidad, lo cual podría transformar en inaplicable a la NGA.
- Los cambios establecen que la aplicación de la Norma General Antielusión dependerá de una comisión, integrada por la CMF, el TDLC, la FNE, el SII y un abogado. ¿Sienten que esto saca a los TTA de la cadena para aplicar la Norma Antielusión?
- No, pues también se establece que la resolución, liquidación o giro que emita el SII podrá ser reclamable conforme al procedimiento general del artículo 123 y siguientes del Código Tributario, lo que precisamente corresponde al ámbito propio de los TTA.
Sin perjuicio de lo anterior, no deja de llamar la atención la composición de esta comisión, que, si bien considera a instituciones de reconocido prestigio, parece evidente su distancia con el ámbito tributario.
- ¿Qué cambios propondrán como Asociación de Magistrados de los TTA al proyecto de reforma tributaria?
- Entre las modificaciones que nos interesa insistir respecto del proyecto de ley se encuentran, entre otras, las siguientes:
a) En relación con la Defensoría del Contribuyente (Dedecon), eliminar la posibilidad de traspaso de funcionarios y bienes desde los TTA . Además, otorgar a la Dedecon la facultad de asesorar y representar judicialmente a contribuyentes PYME ante los TTA. En subsidio, otorgarse esta facultad a las Corporaciones de Asistencia Judicial.
b) Fortalecer, aún más, la conciliación ante los TTA, estableciendo en el proyecto que, para las causas anteriores al 1° de noviembre del 2017 y hasta los dos años siguientes a la entrada en vigencia de esta modificación, se aplicará, por el solo ministerio de la ley, una condonación del 100% de las multas e intereses.
c) Eliminar la reducción del plazo para reclamar ante los TTA de 90 a 60 días.
d) Incorporar las modificaciones de procedimientos en todos los artículos pertinentes de la Ordenanza de Aduanas. Con el proyecto tal cual se estarían estableciendo importantes diferencias entre los procedimientos tributarios y los aduaneros.
e) Por último, en relación con la protección y fortalecimiento del sistema de Justicia Tributaria y Aduanera, que se incorpore en la Ley Orgánica de los TTA la institución del Juez Ad Hoc.
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