Dudas sobre aplicación de la reforma laboral aterrizan en la Dirección del Trabajo
La empresa PF Alimentos pidió detalles sobre la norma de servicios mínimos para enfrentar su negociación colectiva.
Por: Karen Peña C.
Publicado: Jueves 20 de abril de 2017 a las 04:00 hrs.
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La íntegra entrada en vigencia de la reforma laboral se transformó en el verdadero examen final para las empresas y sindicatos que comenzaron a prepararse para el debut de la nueva ley, en cuanto fue publicada en el Diario Oficial el 8 de septiembre del año pasado. Y aunque las consultas sobre algunos tópicos del articulado aterrizaron antes del 1 de abril, en medio de la puesta en marcha de la legislación, se ha quedado entrever que la norma de servicios mínimos ha sido una de las que más ha requerido aclaraciones.
El 17 de enero el gerente general de Productos Fernández S.A, Max Besser Jirkal, solicitó un pronunciamiento a la Dirección del Trabajo (DT) para precisar la aplicación del artículo tercero transitorio de la ley, en cuanto a determinar el procedimiento que debe seguirse para la calificación de las operaciones esenciales o básicas y equipos de emergencia, tratándose de una negociación colectiva que debe iniciarse dentro de los seis meses posteriores a la entrada en vigencia de la ley.
Para contextualizar se declara que en la actualidad existen dos sindicatos constituidos en la empresa con instrumento colectivo vigente: Sindicato N°1 de Trabajadores de Empresa Productos Fernández S.A. y Sindicato de Productos Fernández S.A. Establecimiento Concepción. Y agrega que la oportunidad para presentar el proyecto de contrato colectivo, tratándose de la primera organización individualizada, es entre el 30 de enero y 14 de febrero de 2018; mientras que el segundo debe hacerlo entre el 6 y 21 de junio próximos.
En esa línea, por ejemplo, se consulta si el derecho para calificar los servicios mínimos y equipos de emergencia antes de iniciar la negociación con el Sindicato N°1 se ve afectado por la circunstancia de haber decidido no efectuar tal calificación con el Sindicato de Productos Fernández S.A. Establecimiento Concepción.
Al respecto, la DT respondió el pasado 3 de abril que “el procedimiento de calificación de servicios mínimos y equipos de emergencia tiene el carácter de general y único para la empresa, razón por la cual la decisión que adopte la empresa con los sindicatos existentes en la misma, referida a dicha calificación, resulta obligatoria y vinculante para todas y no solo para aquellas que deban iniciar negociaciones colectivas dentro de los seis meses posteriores a la entrada en vigencia de la ley”.
Así como esta inquietud desde el mundo de la empresa, también ha sido la propia DT la que ha estimado procedente complementar e informar con mayor detalle ciertas “circunstancias jurídicas” analizadas en el dictamen de contenido y entrada en vigencia de la ley; y el que trata la calificación y conformación de servicios mínimos y equipos de emergencia.
En un pronunciamiento del 3 de abril el organismo aclara, por ejemplo, que en aquellas empresas que deban iniciar una negociación colectiva entre abril a septiembre de este año, el empleador y el o los sindicatos podrán alcanzar un acuerdo sobre servicios mínimos y equipos de emergencia, mientras no se haya iniciado un procedimiento de negociación colectiva en la empresa, o bien, hasta antes de la resolución de la Dirección Regional del Trabajo sobre dichas situaciones que se encuentre ejecutoriada en caso de haberse formulado un requerimiento.
En tanto, los trabajadores siguen alerta. El 12 de abril el comité ejecutivo de la directiva del Sindicato Nacional de Trabajadores de BancoEstado se reunió con el director del Trabajo, Christian Melis, para abordar la figura legal de los servicios mínimos frente a la negociación colectiva que tendrán a fines del segundo semestre. Principalmente, por las dudas que despierta que dichos servicios respondan fielmente al espíritu de la ley y no atenten contra el derecho a huelga.
En la DT están a la espera de los 19 estudios que solicitaron para calificar los servicios mínimos en caso que no exista acuerdo previo en los procesos.
Actualmente están llegando los primeros informes de avance y ya se contempla que a inicios de mayo lleguen a la DT los primeros tres estudios definitivos.
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