Justicia declara inadmisibles seis recursos de protección por no decretarse confinamiento total en RM
Acciones fueron presentadas en contra del Presidente de la República, Sebastián Piñera; el ministro de Salud, Jaime Mañalich, y el Jefe de la Defensa Nacional, general Carlos Ricotti Velásquez, por no establecer el confinamiento a raíz del coronavirus.
Por: Rodolfo Carrasco
Publicado: Miércoles 25 de marzo de 2020 a las 16:29 hrs.
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La Corte de Apelaciones de Santiago declaró inadmisibles seis recursos de protección presentados en contra del Presidente de la República, Sebastián Piñera; el ministro de Salud, Jaime Mañalich, y el Jefe de la Defensa Nacional, general Carlos Ricotti Velásquez, por no establecer el confinamiento total de los habitantes de la Región Metropolitana a raíz de la epidemia de covid-19.
En fallos unánimes, la Primera Sala del tribunal de alzada -integradas por las ministras Dobra Lusic, Elsa Barrientos y la abogada integrante Carolina Coppo- consideró que las acciones deducidas por dos diputados, un senador, un alcalde, dos consejeras regionales y un grupo de abogados exceden las materias del recurso cautelar.
En los fallos se establece “que la presentación efectuada en estos autos excede al ámbito de aplicación y las materias que deben ser conocidas mediante el presente arbitrio constitucional conforme a la redacción del artículo 20 de la Constitución Política de la República, pues si bien la autoridad respectiva ha decretado Estado de Excepción Constitucional atendida la actual situación de emergencia sanitaria, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6 y 7 de la Ley N°18.415 y 41 y 43 de la Carta Fundamental, recae en el Presidente de la República adoptar medidas restrictivas a los derechos y garantías que en dichas normas se enuncian, decisión político-administrativa que no puede ser impuesta mediante la presente acción constitucional y que ratifica que dicha materia no puede ser conocida por esta vía”.
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