Proyectos de inversión: 25% de los permisos ambientales caducarán por no iniciar ejecución
El gobierno trabaja en el diseño de un protocolo para evaluar, caso a caso, si corresponde poner término a esas autorizaciones.
Por: Andrés Pozo B.
Publicado: Jueves 5 de febrero de 2015 a las 04:00 hrs.
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Prontos a caducar están cerca de 3.500 permisos ambientales de proyectos de inversión, otorgados antes del 26 de enero de 2010, cuyos titulares no han informado sobre el inicio de su ejecución.
En la reforma de la institucionalidad medioambiental, promulgada a comienzos de 2010, se estableció que las Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA) tienen una vigencia de cinco años previo al inicio de actos o gestiones que den cuenta que las iniciativas se materializarán.
Esto, con el objeto de evitar que los permisos surgieran como un acto especulativo y, por el contrario, que se tramitaran proyectos con horizontes claros de concreción.
En ese contexto, se determinó que para los proyectos aprobados antes de la entrada en vigencia de la ley, esa fecha sería la que contaría para efectos del conteo.
Transcurrido este periodo, el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) catastró las iniciativas que debían informar el inicio de obras o de gestiones tendientes a concretar sus proyectos. La conclusión fue que al 26 de enero pasado cerca de 4.000 RCA debían proporcionar antecedentes.
Sin embargo, sólo fueron 487 los proyectos que comunicaron estos datos y cerca de la mitad de ellos corresponden al sector acuícola, seguido de saneamiento ambiental y energía.
El remanente, que representa cerca del 25% de las casi 14.500 RCA que el sistema ha otorgado en toda su historia, tendrán mayor posibilidad de caducar a partir del proceso que el SEA y la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) realizarán.
Nuevo protocolo
De hecho, trascendió que el gobierno está elaborando un protocolo de coordinación para definir el detalle de cómo operará el sistema para caducar un permiso ambiental.
En esta etapa transitoria, el SEA deberá informar a la SMA de las RCA que no entregaron antecedentes.
Enrique Oyarzún, abogado de Gisma, explica que la SMA debe constatar que los titulares no dieron inicio a la ejecución del proyecto y devolver los antecedentes al SEA, organismo que finalmente declarará la caducidad. Sin embargo, esto será apelable a través de las distintas instancias del ordenamiento jurídico.
Respecto a los que sí presentaron antecedentes, Oyarzún acota que tampoco está garantizado que su permiso no vencerá, ello porque sus gestiones o faenas mínimas tienen que ser consistentes con lo que establece un instructivo que la dirección ejecutiva del SEA dictó a mediados de noviembre.
En ese documento (ver recuadro), se establece que se entenderá que un proyecto inició su ejecución, cuando hace gestiones o actos destinados al desarrollo de su etapa de construcción.
Esto es amplio, porque no sólo puede implicar la instalación de una faena, sino que, por ejemplo, también servirá haber avanzado sistemáticamente en la obtención de permisos sectoriales para iniciar las obras construir o, por otro lado, tener registro de compra de equipos o haber licitado las obras.
Lo que se persigue con todo esto es que una iniciativa que se evaluó bajo ciertos parámetros, no puede ser ejecutada en otro escenario, dicen.
Consultado sobre el plazo, Oyarzún señala que "estoy de acuerdo con afirmar que después de cinco años, todo medio ambiente evaluado en un proyecto ha cambiado y ya no se comporta de la misma manera en la que fue aprobado".
De todos modos, acota que este plazo es referencial, porque la situación en cada ecosistema pudiera ser distinta. Desde el punto de vista del proyecto, recalca que esto marca una etapa inicial y no definitiva, porque luego hay caminos para impugnar una eventual caducidad.
El instructivo del SEA
Unificar criterios El pasado 21 de noviembre, el Servicio de Evaluación Ambiental publicó un instructivo para unificar criterios respecto a la caducidad de las RCA o permisos ambientales de los proyectos de inversión.
Objetivo La idea es que los proyectos aprobados ambientalmente sean ejecutados en condiciones de línea de base similares a aquellas que se tuvieron en vista durante la evaluación de la iniciativa. Uno de los artículos transitorios del nuevo reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, establece que los proyectos con RCA anteriores al 26 de enero de 2010 y que no se hubiesen ejecutado, deberán acreditar ante el SEA los actos o gestiones mínimas.
Definición de conceptos El instructivo detalla qué se entiende por gestión u acto mínimo y dice que ellos apuntan a concretar la etapa de construcción de las iniciativas.
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