La segunda sala de febrero de la Corte Suprema declaró inadmisible el recurso interpuesto por Tomás Serrano contra la sentencia dictada por el Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, por la que fue condenado como autor de delitos reiterados de uso indebido de custodia; entrega maliciosa de antecedentes falsos a la Superintendencia de Valores y Seguros y estafa.
Serrano había invocado en su recurso que se habían violado garantías constitucionales, en particular igualdad ante la ley, argumentando que los sentenciadores realizaron una errada aplicación de lo dispuesto en el artículo 351 del Código Procesal Penal al condenarlo con una pena más extensa de los otros imputados en el caso, por lo que pidió la invalidación de la sentencia, y la dictación de una de reemplazo que le imponga una pena inferior.
En tanto, el Ministerio Público pidió que se declare inadmisible el recurso de Serrano por carecer de peticiones concretas congruentes y por falta de fundamentos.
En su sentencia, los ministros Carlos Künsemüller, Haroldo Brito, Ricardo Blanco, Carlos Cerda y el abogado integrante Jorge Baraona, le dieron el favor al Ministerio Público, por lo que declaró inadmisible el recurso.
La sentencia
A mediados de diciembre pasado, el Cuarto Tribunal Oral en lo penal condenó a Tomás Serrano, ex dueño y gerente general de la corredora de Bolsa Raimundo Serrano Mc Aulliffe, a 15 años de prisión efectiva. Para Jorge Fuenzalida, ex gerente comercial de esa intermediaria, la condena fue de once años.
Ambos fueron declarados culpables como autores de delitos reiterados de uso indebido de custodias y de estafa, al haber captado fondos de clientes sin ejecutar las operaciones encargadas, apropiándose de unos $ 250 millones. Adicionalmente, Serrano fue declarado culpable por entrega de información falsa a la Superintendencia de Valores y Seguros.