Siguen los coletazos en torno al proyecto de reconstrucción nacional. Según pudo confirmar Diario Financiero, la Asociación de Empresas de Gas Natural (AGN) acudirá en las próximas horas al Tribunal Constitucional (TC) por la indicación que obliga a reconectar clientes en mora en zonas de catástrofe, la que considera el gremio inconstitucional y que pone en riesgo la seguridad de las personas.
¿Cómo llegó este punto al proyecto? Durante la tramitación del articulado, se incorporó -por indicación parlamentaria- una disposición que agrega un nuevo artículo 2 bis a la Ley N.º 16.282 y crea un régimen permanente de reconexión de servicios en zonas declaradas afectadas por catástrofe. En concreto, quedó como artículo 31 del texto despachado por el Congreso.
El Ejecutivo formuló una reserva de constitucionalidad y, con fecha 8 de agosto de 2026, la impugnó ante el Tribunal Constitucional por haber sido incorporada sin relación directa con las ideas matrices del proyecto
De esta manera, AGN comparte los reparos de constitucionalidad planteados por el Ejecutivo y considera que la norma incurre, además, en vicios de fondo. A esto se suma un problema adicional que, en el caso del gas por redes, es ante todo un problema de seguridad de las personas.
La ofensiva ante el TC que alista AGN también sería el camino por el que optarán otros gremios del sector de energía. Esto, ya que la norma alcanza a las empresas concesionarias de electricidad, servicios sanitarios y gas de red.
Para el caso de las firmas que representa AGN, la disposición obliga a las empresas distribuidoras de gas de red a reconectar, de forma gratuita y sin condición previa de pago, a usuarios residenciales y mipymes cuyo servicio haya sido suspendido por no pago, incluso por deudas anteriores y ajenas a la catástrofe.
Los argumentos
Los argumentos que tendría el escrito que se presentará ante el TC -donde el gremio está trabajando con el abogado Patricio Zapata- apuntarían a que, más allá del vicio de forma que invoca el Ejecutivo -haber sido incorporada sin relación con las ideas matrices del proyecto-, la norma vulnera además garantías constitucionales de fondo.
Primero, igualdad ante la ley, ya que traslada el costo de deudas impagas, incluso ajenas a la catástrofe, desde el moroso hacia las empresas, sin indemnización ni justificación razonable, y equipara al usuario que pagó con el que no pagó.
También, el derecho de propiedad. Esto, porque las empresas tienen un derecho de cobro por servicios ya prestados. Obligarlas a reconectar gratis y prohibirles cobrar la revisión técnica extingue ese derecho sin ley expropiatoria ni indemnización.
Y, por último, la libertad para desarrollar actividades económicas. Según explicarían, la norma cambia de forma permanente y unilateral las condiciones de un servicio regulado, sin pasar por la institucionalidad sectorial, imponiendo una carga que ningún otro sector debe asumir en similares términos.
La preocupación de la industria del gas por redes radica en que la seguridad no admite plazos rígidos y la norma impone un plazo perentorio de 48 horas, prohíbe cobrar la visita técnica y la revisión de instalaciones -los pasos que confirman que es seguro reconectar- y castiga el retraso con compensaciones automáticas. En la práctica, dicen, presiona a restablecer el gas antes de verificar que hacerlo no ponga en riesgo a las personas.
A esto se suma que puede perjudicar a las personas, en vez de asistirlas; y además es una medida -dicen- sin análisis técnico que debilita la cultura de cumplimiento. Esto último, porque la norma beneficia deudas anteriores y ajenas a la emergencia, debilitando la cultura de cumplimiento y la equidad frente a quienes mantuvieron sus obligaciones al día.
El gremio también apoyó sus argumentos con un informe técnico independiente realizado por la consultora Gamma Ingenieros cuya conclusión es que reconectar gas es una operación de seguridad, no un trámite comercial, y el plazo perentorio de 48 horas que fija el artículo 31 de la Ley de Reconstrucción no es técnicamente practicable como exigencia indiferenciada para todos los casos.
"AGN está de acuerdo con la adopción de medidas extraordinarias para apoyar a las personas afectadas por una catástrofe. La preocupación no radica en ese objetivo, sino en que esta indicación en particular fue mal concebida: además de los vicios de constitucionalidad, contraría normas mínimas de seguridad", dicen.
En el caso del gas por redes, añaden, "fijar plazos rígidos de reconexión sin resguardar la verificación de seguridad previa puede poner en riesgo a las personas y a los operadores de nuestra industria, en lugar de protegerlos".