Apple rechaza demanda en Chile por iPhone: "Odecu no expone claramente en qué consistiría el supuesto defecto"
La empresa solicitó a la justicia declarar inadmisible la acción iniciada por la asociación de consumidores en su contra y dos distribuidores, por supuestamente hacer más lentos los teléfonos móviles.
Por: José Troncoso Ostornol
Publicado: Martes 26 de marzo de 2019 a las 14:58 hrs.
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Apple solicitó a la justicia chilena declarar inadmisible la demanda iniciada por la Organización de Consumidores y Usuarios de Chile (Odecu) en su contra y dos distribuidores, luego que la empresa con sede en Cupertino, EEUU, reconociera que con sus actualizaciones de software ralentizaba deliberadamente algunos modelos del teléfono iPhone a medida que se hacían "viejos".
En un escrito presentado a la justicia, firmado por el abogado Cristóbal Eyzaguirre, Apple Chile afirmó: "Odecu no expone claramente en qué consistiría el supuesto defecto en el que funda la acción colectiva (...). No queda claro si Odecu reprocha un defecto: en los celulares iPhone mismos, en las baterías de los teléfonos iPhone, en el sistema operativo (iOS) que utilizan los celulares iPhone, o en las actualizaciones al sistema operativo".
A juicio de la compañía, "esa falta de claridad conduce a la inadmisibilidad de la acción colectiva", para lo cual cita la Ley de Protección al Consumidor.
Junto a esto, señaló que la asociación de consumidores "tampoco es clara" en lo que respecta a los modelos de iPhone que estarían comprendidos en la acción colectiva. "Lo mínimo que puede exigirse al demandante en un procedimiento colectivo es que indique claramente cuáles serían los supuestos productos defectuosos por los que acciona", destaca, añadiendo que "la falta de precisión de Odecu al identificar los modelos supuestamente afectados por las infracciones imputadas no satisface el estándar de exposición clara exigido" por la Ley de Protección al Consumidor, dijo.
Además, la compañía afirmó que Odecu no expone claramente la existencia de un vínculo contractual entre los consumidores y Apple Chile, cuáles serían los términos, las condiciones o las modalidades ofrecidos que habrían sido infringidos y los actos de publicidad supuestamente engañosos.
La acción judicial
A fines del año pasado, Odecu inició una demanda para, según dijo, "cautelar" el interés colectivo de los consumidores, quienes como clientes adquirieron teléfonos IPhone, los cuales –se sostiene en la acción- presentaban un funcionamiento deficiente, sea por sufrir de apagados intempestivos o por mostrar un funcionamiento más lento.
"Esto último se debía a que los sistemas operativos de los equipos fueron actualizados con parches de software transmitidos remotamente por Apple a través de internet y que tenían por objetivo, entre otras cosas, 'ahogar' el funcionamiento del procesador y ralentizar los equipos anteriores al último modelo, supuestamente para 'mejorar la experiencia' de los usuarios", dice la demanda.
Se añade que ello jamás fue informado a los dueños o usuarios de estos equipos y, por el contrario, fue decidido "deliberadamente y ejecutado" por el fabricante y sus distribuidores, ocultando información esencial de los productos a los usuarios, en particular, los efectos negativos que estas actualizaciones tendrían en los equipos.
La asociación sostiene que la incorporación de dicho dispositivo es un caso de lo que se denomina "obsolescencia programada", es decir, el uso de mecanismos para inducir a los usuarios a cambiar los equipos por un modelo más reciente, forzando una aparente pérdida de vigencia de determinados productos, reflejada en un funcionamiento más lento, derechamente defectuoso o un mal funcionamiento, con la finalidad de que los consumidores adquieran un producto nuevo, bajo la creencia de que se trata de uno más eficiente o de mejor funcionamiento.
Frente a esto, la entidad solicitó a la justicia que se obligue a los demandados a la reparación de todos los teléfonos iPhone afectados comercializados entre los años 2014 y 2017, de modo que una vez reparados permitan un buen funcionamiento similar al que dichos equipos tuvieron antes de las actualizaciones de los sistemas operativos.
En el evento de que la reparación fuere imposible de practicar o bien su costo fuere muy elevado, se pidió que se disponga que las demandadas deberán recomprar todos los equipos smartphones que, desde octubre de 2016, hayan actualizados sus sistemas operativos y ralentizados sus operaciones, al precio de mercado que se determine en la etapa de cumplimiento del fallo.
Junto a ello, se solicitó disponer la devolución del dinero pagado por los consumidores a consecuencia de servicios técnicos, baterías de reemplazo, o reparaciones solicitadas a consecuencia de los hechos descritos, así como al pago del costo de reemplazo asumido por los usuarios que ya fueron víctimas de las prácticas de Apple y efectuaron cambios de equipo.
Además, la asociación pidió una indemnización a cada uno de los consumidores chilenos que son usuarios de un smartphone iPhone afectados, equivalente a $126 mil anuales, a contar desde octubre de 2016 y hasta el pago real y efectivo de dicha suma, o bien la suma a determinar por la justicia.
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