Las seis claves del proyecto de ley que refuerza las responsabilidades de los agentes del mercado
Esta tarde se vota la iniciativa que incorpora un aumento de las sanciones para quienes cometan infracciones en el mercado y además establece un marco de protección para los inversionistas y consumidores financieros.
Por: Vicente Vera V.
Publicado: Miércoles 7 de octubre de 2020 a las 14:37 hrs.
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Un largo trámite ha tenido el proyecto de ley que establece nuevas exigencias de transparencia y refuerza la responsabilidad de los agentes que participan del mercado financiero. La iniciativa cuenta con discusión inmediata desde ayer, lo que significa que la Cámara de Diputados tiene seis días para despachar el proyecto, que comenzó a tramitarse en 2015.
Tras el estallido social La Moneda impulsó una agenda anti abusos y en mayo ingresó nuevas indicaciones a este proyecto para hacerse cargo de las demandas ciudadanas por mayores sanciones a los delitos "de cuello y corbata".
Actualmente la iniciativa se encuentra ad portas de ser ley. Está en su segundo trámite constitucional en la comisión de Hacienda de la Cámara y esta tarde se prevé su despacho total desde esta instancia hacia la Sala. De lograr los quórums necesarios el proyecto regresaría al Senado para su revisión y de alcanzar la mayoría, se convertiría en ley.
La iniciativa es empujada por el equipo de la coordinación de Mercado de Capitales del Ministerio de Hacienda y abarca seis directrices: transparencia y responsabilidad para agentes del mercado; mejora-miento de los gobiernos corporativos; regulación a asesorías de inversión; regulación a las asesorías previsionales; mayor fiscalización de lavado de activos y prevención de financiamiento al terrorismo; y trato justo al consumidor financiero.
1 En lo que concierne a la transparencia y responsabilidad para agentes del mercado, el proyecto establece que el directorio de las empresas será responsable de evitar la filtración de información esencial antes de su divulgación. Para ello, se contempla que la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) establezca los requisitos que deben cumplir las políticas, procedimientos, sistemas y controles implementados para evitar filtraciones.
Asimismo, para asegurar la continuidad operacional del mercado de valores en corredores de bolsa, la CMF exigirá requisitos para la gestión de sus riesgos.
Uno de los anhelos de la Bolsa Electrónica y de la extinta Bolsa de Valparaíso es considerado en el proyecto de ley: la interconexión de las bolsas. El ejecutivo recoge la recomendación de la Fiscalía Nacional Económica y se explicita que los mecanismos de interconexión deben ser en tiempo real, con calce vinculante y automático entre distintas bolsas de valores. Asimismo, con el fin de evitar que se establezcan condiciones tarifarias que limiten la interconexión, se faculta a la CMF para solicitar que se modifique el reglamento de la bolsa, en caso de que considere que esté atentando contra la libre competencia.
También, se modifica la tipificación del delito de manipulación de precios en el mercado de valores, entendiéndose como cualquier acción que pretenda alterar artificialmente los precios y no solamente en las transacciones.
Respecto a la entrega de información falsa al mercado, se aumenta la pena desde tres años hasta cinco años. Además, los socios de las empresas auditoras incurrirán en un delito si entregan maliciosamente información falsa a las entidades que están bajo el perímetro regulatorio de la CMF.
Similar escenario se repite para los directores, gerentes y ejecutivos de empresas del mercado de valores que en información engañosa tanto a la administración, al directorio, a la auditora o a la clasificadora de riesgo.
La CMF podrá establecer los requisitos de información, en temas de difusión de conflictos de interés, experiencia y conocimientos, de las entidades que realicen recomendaciones de inversión en valores de oferta pública.
2 Sobre el mejoramiento de los gobiernos corporativos, se establece que la ley va a presumir la culpabilidad de todos los directores que aprueben operaciones con partes relacionadas que no cumplan con la ley.
Para proteger a los inversionistas minoritarios que, muchas veces no cuentan con la información suficiente sobre las prácticas corporativas, las políticas de habitualidad no podrán incluir operaciones que excedan el 10% del activo social.
Asimismo, se aumenta el rol fiscalizador de la CMF, que podrá solicitar información de las filiales de la compañía cuando sean sociedades anónimas.
También se fortalecen a los directores independientes de las empresas pues se elimina la posibilidad de que pueda ser nombrado, o mantener su cargo, si es que tiene una relación que pueda afectar su autonomía con la sociedad, sus filiales, su controlador o ejecutivos principales.
3 El proyecto impulsado por Hacienda se adentra en las asesorías de inversión para resguardar a los inversionistas, por ello, quedan bajo la vigilancia de la CMF.
Los asesores se deberán inscribir en un registro y el regulador podrá establecer requisitos de solvencia, idoneidad, gestión de riesgos y conducta, teniendo en cuenta la naturaleza del servicio prestado. La entidad podrá regular la información que deben entregar al público.
4 Otro campo en el que ahonda es el aumentar la regulación a las asesorías previsionales. Desde el Ministerio de Hacienda expusieron que "los asesores de inversión previsional masivos pueden tener importantes impactos sobre el mercado financiero y pueden perjudicar a los cotizantes. Con el fin de resguardar la fe pública y proteger a los inversionistas, se someten estos asesores a la fiscalización de la Superintendencia de Pensiones, homologando esta asesoría a una asesoría previsional".
La Superintendencia de Pensiones, dictará los requisitos de inscripción diferenciados en virtud del tipo de asesoría previsional que se presten, puesto que se entenderá que como asesoría previsional las que son no personalizadas, las remuneradas y las habituales no remuneradas.
Los asesores previsionales deberán constituir una garantía ante la Superintendencia, monto que oscila entre UF 500 y UF 60.000 y que será fijado por el regulador de pensiones. Se permitirá que esta garantía sea también constituida mediante boleta bancaria. La entidad también podrá suspenderlos del registro cuando incumplan las normas.
Asimismo, los asesores previsionales tendrán prohibido realizar publicidad, propaganda o difusión que contenga declaraciones tendenciosas, alusiones o representaciones que puedan inducir a error.
Para regular los conflictos de intereses entre las asesorías previsionales y otro tipo de entidades que participan en el mercado, se incorporan a los socios, accionistas y ejecutivos principales de las sociedades que invierten en el mercado, a la prohibición de realizar asesorías previsionales.
También se prohíbe a este grupo de personas beneficiarse de las variaciones en los precios de mercado que se deriven de las recomendaciones que hayan efectuado.
5 En materia de fiscalización de lavado de activos, la iniciativa permite que la Unidad de Análisis Financiero (UAF) pueda evaluar la gestión de los riesgos sobre las instituciones fiscalizadas.
6 En la agenda anti abusos se crea la figura de denunciante anónimo para quienes conozcan de las infracciones de leyes del perímetro regulatorio de la CMF, de manera voluntaria pueda entregar antecedentes sustanciales para la detección de infracciones, además podrá recibir un porcentaje que oscila entre 10% y 30% de la sanción.
Las multas que podrá establecer la CMF se podrán establecer bajo tres criterios: un rango de hasta UF 100.000; el 30% del valor de la emisión, registro contable u operación irregular; o el doble de los beneficios obtenidos producto de la emisión, registro contable u operación irregular.
Para reducir el riesgo de uso de información privilegiada en el mercado de valores, la iniciativa establece un periodo mínimo de bloqueo de transacciones sobre los valores de la empresa, de 30 días previos a la publicación de sus estados financieros.
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