Reforma de pensiones: Gobierno ingresa indicaciones en el Senado con las que busca destrabar el debate
A esta hora, la ministra del Trabajo, María José Zaldívar, expone las modificaciones al proyecto previsional en la comisión de Trabajo del Senado.
Por: Daniel Vizcarra G.
Publicado: Lunes 8 de marzo de 2021 a las 15:08 hrs.
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Luego de que la semana pasada el presidente Piñera presentara al país los cambios que busca hacer a la reforma de pensiones, el gobierno ingresó las indicaciones en la comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado, donde a esta hora expone la ministra del Trabajo, María José Zaldívar.
De acuerdo con el documento del ejecutivo, uno de los cambios más relevantes en el proyecto que aprobó la Cámara de Diputados a finales de 2019 es es fortalecimiento del Pilar Solidario.
Es así como la cobertura de las pensiones solidarias pasarán de un 60% a un 80% de la población más pobre según el Instrumento Técnico de Focalización.
Del mismo modo, habrá un adelanto del aumento de beneficios del Pilar Solidario para pensionados menores de 74 años (actualmente en enero 2022) y unifica los valores de la Pensión Básica Solidaria (PBS) y la Pensión Máxima con Aporte Solidario (PMAS) en tramo de valor superior. Además, se agrega un incremento de la PBS a $ 177.000, quedando todas las pensiones del Pilar Solidario en un monto equivalente o superior a la línea de la pobreza.
De este modo, 1 millón de beneficiarios de PBS y APS de vejez e invalidez menores de 75 años se beneficiarán del adelanto del incremento de los parámetros establecidos en la iniciativa propuesta por el Ejecutivo, y aumento de la PBS a $ 177.000. Otros 652.000 beneficiarios de PBS y APS de vejez de 75 y más años se beneficiarían del aumento del incremento de la Pensión Básica Solidaria. Por último, desde el gobierno estiman que unos 488.000 personas se incorporarán al Pilar Solidario, 148.000 por la PBS y 340.000 por la APS, alcanzando un total de 2,1 millones de beneficiarios.
Subsidio de Dependencia
Otras indicaciones que presentó hoy el Gobierno se refieren al Subsidio de Dependencia, el que beneficiará a las personas que tengan una condición de dependencia funcional severa.
La cobertura de este mecanismo se ampliará del 60% al 80% de la población más pobre y que tengan 65 años o más, acreditar residencia en Chile por 20 años y no estar cubierto por el Seguro de Dependencia. Los beneficios complementarios de pensión serán por decil:
Los beneficios establecidos en el proyecto van de los $ 80.000 para los primeros cuatro deciles; $ 70.000 para los deciles quinto y sexto; y $ 60.000 para los deciles séptimo y octavo.
Los beneficios colectivos
Respecto de los cambios al Programa de Ahorro Colectivo Solidario, hay modificaciones en torno a los beneficios para las mujeres que hayan cotizado 10 años (8 años en transición) de UF 2,5 mensuales a UF 2,7 por mes. Habrá un aumento de garantía de pensión del PACS para afiliados que hayan cotizado durante 30 años de UF 10,6 a UF 11,1 mensuales.
El programa contará con beneficios fijos 2 UF para hombres que hayan cotizado 15 o más años (12 años en transición) y 2,7 UF para mujeres que hayan cotizado 10 o más años (8 años en transición).
En tanto habrá un beneficio por años cotizados de UF 0,04 mensual por año, además de una garantía de pensión de UF 11,1 para quienes hayan cotizado 30 o más años, continuos o discontinuos, en cualquier sistema previsional con al menos diez años en el nuevo sistema.
Una de las ideas que importó el hoy consejero de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), Augusto Iglesias, el Seguro de Dependencia, contará con un mínimo de UF 3 mensual (60 meses de cotizaciones para hombres y 48 para mujeres, por medio ingreso mínimo mensual). En 2021 este beneficiará a 768.000 pensionados (314.000 mujeres y 453.000 hombres).
Cooperativas administrarán fondos de pensiones
La reforma previsional también busca realizar cambios en la Ley de Cooperativas, con el objetivo de que estas entren a la administración de los ahorros previsionales, como lo hacen actualmente las AFP.
Las indicaciones proponen, para esos efectos, restringir calidad de socio de Cooperativa, ya que se pretende excluir a las personalidades jurídicas con fines de lucro, y así agregar a personas naturales y personas jurídicas sin fines de lucro.
Eso sí, las cooperativas de Ahorro y Crédito que quieran participar de la administración de los fondos de pensiones deberán ser fiscalizadas por la Comisión para el Mercado Financiero. Otra exigencia será la de contar con un Consejo de Administración y un Comité de Afiliados.
Se les permitirá repartir los "excedentes" entre las cuentas de los afiliados y el uso de reserva legal para seguridad de los fondos previsionales y mantener normal funcionamiento de la Cooperativa.
¿Y las AFP?
En las indicaciones entregadas por el gobierno no hay modificaciones a lo aprobado por la Cámara de Diputados en torno a las modificaciones a la industria, como la devolución del 20% de las comisiones si las administradoras no logran rentabilidades positivas en el período de un año, en referencia a un benchmark.
Lo que sí hay son cambios en torno a las herencias de los fondos y los rezagos. Un cambio en ese sentido es que se traspasarán al Fondo de Ahorro Colectivo Solidario (FACS) los fondos que no hayan podido ser abonados a cuentas de capitalización individual por errores u omisiones en la identificación del respectivo trabajador o que correspondan a afiliados fallecidos, en ambos casos sin identificación o movimiento en los últimos cinco años.
Del mismo modo, las AFP deberán efectuar publicaciones en periódicos de circulación nacional que informen el destino de los recursos identificados previo al traspaso, además de mantener sistema de consulta sobre estos fondos en sitios web. Dentro de doce meses desde que las gestoras previsionales determinan la existencia de estos recursos se transfieren al FACS.
Se resguarda derecho del afiliado, beneficiarios o herederos, según corresponda, de solicitar devolución en un plazo de 10 años desde realizada la transferencia.
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