Directores, ¿qué no hacer?
En un artículo anterior planteé que la auditoría interna puede ser uno de los vehículos por el cual los directores tengan acceso a más información, sin que ello signifique una limitación o abstención...
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En un artículo anterior planteé que la auditoría interna puede ser uno de los vehículos por el cual los directores tengan acceso a más información, sin que ello signifique una limitación o abstención al deber que consagra la ley de sociedades anónimas, en cuanto a que cada director tiene derecho a ser informado de todo lo relacionado a la marcha de la empresa. Esto constituye uno de los elementos que permitiría que los directores tengan un rol más activo frente a la compañía y sus accionistas.
He señalado que los directores deben ser activos en su rol y representar a todos los accionistas sin distinguir respecto de aquellos que los eligieron. La inactividad, es decir, la carencia de acción y movimiento puede lleva a un director a un desempeño negligente y, por tanto, faltar a los deberes consagrados en la legislación sobre sociedades anónimas.
Para el buen ejercicio del cargo, los directores deben estar plenamente informados de todo lo relacionado con la marcha de la sociedad. La falta de actividad resulta peligrosa ya que paraliza la toma decisiones. También esa inactividad puede ocasionar una falta de control sobre la administración que lleva a que no están cumpliendo con su papel de fiscalizadores. Los directores deben preocuparse y actuar para que las cosas sucedan, reaccionar a tiempo a lo que sucede y no limitarse simplemente a preguntarse o preguntar que ha sucedido. Un gobierno corporativo debe ser activo, con integrantes que actúan velando por el interés social.
Se ha discutido acerca de la conveniencia de que las sociedades tengan o no un controlador, señalando algunos que de existir no habría ocurrido lo que ocurrió en una compañía, situación que es de conocimiento público. ¿Cuál es la diferencia para el directorio tener o no un controlador? Si sostenemos que un controlador es quien toma las decisiones y conduce la compañía estamos cometiendo un tremendo error legal por cuanto el directorio no sería el órgano de administración llamado por ley a administrar y gestionar la compañía sino que esta función estaría recayendo en el controlador lo cual va en contra de todos los principios contenidos en la ley de sociedades anónimas. La ley es clara en este sentido.
Los directores no pueden convertirse en repetidores o transmisores de las decisiones que el controlador pretenda llevar a cabo. No puede existir un directorio en que el voto del controlador decida lo que la compañía debe hacer o no hacer. Los directores deben ser independientes y adoptar sus propias decisiones en interés de la sociedad de la que forman parte. No pueden las sociedades matrices imponer decisiones sobre sus subsidiarias ya que para ello está el directorio de la filial. Si bien los directores de las sociedades matrices tienen derecho a asistir con voz a las sesiones de directorio de las segundas, las decisiones deben ser adoptadas a nivel de la filial de manera independiente, cuestión que así por lo demás lo ha señalado la propia SVS a través de sus dictámenes.