Olga Feliú

Afectación a la libertad de expresión en proyecto legislativo

Consejera del Colegio de Abogados

Por: Olga Feliú | Publicado: Jueves 25 de junio de 2015 a las 04:00 hrs.
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Olga Feliú

Esta semana se ha conocido de un proyecto de ley que, de ser aprobado, afectará gravemente la libertad de expresión y los derechos de los medios escritos de comunicación, todos garantizados constitucionalmente y por tratados internacionales.

Se trata del proyecto sobre “Gestión de Residuos, la Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje”. La finalidad del proyecto es disminuir la generación de residuos y fomentar su reutilización. Para cumplir tal objetivo se propone todo un sistema jurídico, regulatorio hasta la exageración, al establecer una serie de “instrumentos económicos de gestión ambiental. Entre los que destaca la implementación de la Responsabilidad Extendida del Productor (REP)”.

Este proyecto, que se encuentra en trámite en el Senado, fue iniciado por Mensaje del Presidente de la República, está aprobado por la Cámara de Diputados y, en general, en el Senado, con plazo para formular indicaciones hasta el mes de agosto.

Para obtener el objetivo que busca el proyecto que es “el que contamina paga”, hace responsable al productor de un residuo de hacerse cargo del mismo y de internalizar los costos y externalidades negativas asociadas a su manejo y disposición. Para hacer efectiva esta responsabilidad, se entrega al Reglamento la determinación de cuáles serán los productos prioritarios señalando la ley nueve de ellos que deberán ser necesariamente considerados. Entre ellos se incluyen los “diarios, periódicos y revistas”.

A los productores de productos prioritarios se le imponen múltiples obligaciones, entre ellas, inscribirse en un registro, organizar y financiar la recolección de los residuos, así como su almacenamiento, transporte y tratamiento, a través de los sistemas de gestión. Dispone que habrá metas y obligaciones asociadas y “con el fin de asegurar el cumplimiento de metas” permite al Ejecutivo exigir el cumplimiento y desarrollo, entre otros, del “diseño e implantación de medidas de prevención en la generación de residuos”.

Por cierto que el incumplimiento de las normas autoriza para imponer sanciones, las que pueden alcanzar importantes multas e incluso la prohibición de vender el producto prioritario. Así, de aprobarse las normas propuestas, con gran avance legislativo a esta fecha, a los medios de comunicación escrita les será aplicable la inscripción en un registro y la exigencia de dar cumplimiento a todas las obligaciones que el proyecto estatuye y se les podrá prohibir la venta de éstos.

El examen de esta proposición normativa obliga a recordar la trascendencia de la libertad de expresión ya que, como dice la declaración de Chapultepec, “no hay personas ni sociedades libres sin libertad de expresión ni de prensa”. Por respeto a estos fundamentales derechos, jamás debieran aprobarse los preceptos sumariamente descritos que imponen un cúmulo de obligaciones a los medios escritos de información que son ajenas a sus actividades propias y a veces imposibles de implementar y cumplir, las que incluso facultan a autoridades administrativas para autorizarles la venta de un diario, periódico o revista, o prohibirles hacerlo. Una modificación como la analizada, que desconoce la libertad de expresión, es de enorme impacto pues recae en una garantía que no es nueva ni discutible y sin la cual no existe democracia.

Es indispensable que nuestros Poderes Colegisladores, al proponer o al aprobar modificaciones legislativas, no tengan en consideración la protección de un solo bien jurídico sino también consideren su obligación de respetar los derechos básicos reconocidos no sólo constitucionalmente sino, también, convencionalmente en tratados aprobados por el Estado que son de acatamiento obligatorio.

Por ello, los proyectos legislativos deben ser analizados en relación con su apego a los derechos de las personas, reconocidos constitucionalmente o en Tratados, antes de aprobarse. El aquí analizado, debiera ser estudiado por la Comisión de Constitución del Senado, sin perjuicio de lo cual tampoco debiera preterirse que los “resquicios legales” no son tan lejanos y que en el futuro más de alguien puede concebir la idea de reeditarlos.

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