Delaveau explica que Emos y Esval fueron creadas como empresas públicas en la Ley 18.777, en tanto, otras como Essbio fue creada bajo la Ley 18.885, sucediéndoles otras empresas sanitarias. Fue bajo el gobierno de Eduardo Frei Ruiz Tagle donde, mediante la Ley 19.549, se aprobó levantar las restricciones en transferencia de las acciones del Estado en estas empresas para proceder a venderlas a privados.
Tal como precisa el abogado, dicha legislación no eliminó la prohibición del Estado de deshacerse del 35%. En efecto, agrega, ahí se señalaba que las acciones del Fisco y de la Corporación de Fomento de la Producción no podrá ser inferior al 35% de las acciones de la sociedad respectiva, a menos que dichas entidades no ejercieran el derecho conferido, dentro del correspondiente plazo legal.
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