SBIF deja en consulta norma que regula operaciones de bancos con PEP a raíz del caso Caval
Obliga a las empresas bancarias a "establecer procedimientos especiales" cuando realicen operaciones o contratos con personas expuestas políticamente (PEP). Estas políticas "deberán ser descritas en su sitio web para conocimiento del público".
Por: Diario Financiero Online
Publicado: Martes 9 de junio de 2015 a las 12:13 hrs.
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El revuelo y controversia que generó el caso Caval tras la revelación del crédito otorgado a Sebastián Dávalos por parte del Banco de Chile empieza a tener repercusión en las normas que rigen al sistema financiero.
Sin hacer alusión al caso, la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) anunció este mediodía que publicó para consulta pública un cambio normativo que obliga a las empresas bancarias a "establecer procedimientos especiales" cuando realicen operaciones o contratos con personas expuestas políticamente (PEP).
En un comunicado, la entidad dijo que este nuevo capítulo, que será incorporado a su Recopilación Actualizada de Normas, tras recibir los comentarios de los interesados, señala que estas políticas "deberán ser descritas en su sitio web para conocimiento del público".
De igual modo, se establece el rol que debe desempeñar el Directorio de un banco cuando se realicen operaciones con PEP.
Asimismo señala que las "aprobaciones de los créditos que se otorguen a PEP y que superen un monto definido por el Directorio para el efecto, deberán recaer en un nivel superior al previsto para las mismas operaciones con los clientes en general. En casos excepcionales, se podrá considerar al Directorio como instancia superior".
Por último, establece que el Directorio deberá recibir información periódica acerca de este tipo de operaciones.
Cabe señalar que la figura de PEP está contemplada en la citada Recopilación, a través del Capítulo 1-14 que se refiere a "Prevención del lavado de activo y del financiamiento del terrorismo", donde se define a dichas personas como "los chilenos o extranjeros que desempeñen o hayan desempeñado funciones públicas destacadas en algún país, Chile inclusive, a lo menos hasta un año de finalizado el ejercicio de las mismas". Asimismo, se detalla que entre los PEP se debe incluir a jefes de estado o gobierno, políticos de alta jerarquía, funcionarios gubernamentales, judiciales o militares de alta jerarquía, altos ejecutivos de empresas estatales, así como sus familiares y personas relacionadas.
El periodo en consulta de esta nueva norma se extenderá hasta el 26 de junio de 2015. Los comentarios deben ser ingresados en la sección Normativa en Trámite del sitio web institucional.
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