Interlocking: estándar que rige a los directorios
Vanessa Facuse, socia ESYF Abogados y Cofundadora de Red ProCompetencia.
La reciente sentencia de la Corte Suprema sobre interlocking llega en un momento particularmente oportuno. Se conoce justo cuando muchas sociedades están ad portas de celebrar sus juntas de accionistas, instancia en la que se define la composición de sus directorios. En ese contexto, el fallo no es solo un matiz jurídico: es una señal concreta para quienes hoy toman decisiones de gobierno corporativo.
Hasta ahora, la aplicación de la prohibición de interlocking contemplada en el DL N° 211 había dejado espacios de incertidumbre. ¿Bastaba compartir un asiento en empresas pertenecientes a grupos económicos con algún grado de traslape competitivo? ¿O la norma exige competencia directa entre las sociedades involucradas? ¿son los directores y/o las empresas las responsables?
La Corte Suprema aborda estas preguntas y fija criterios relevantes que revierten el criterio que hasta ahora tenían los organismos de competencia. Primero, destaca que al tratarse de una regla per se, de carácter preventivo, no exige acreditar efectos anticompetitivos concretos. Precisamente por ello y en base al principio de tipicidad y legalidad, su aplicación debe ser estricta y ceñida al tenor de la norma.
En esa línea, enfatiza que el sujeto activo de la infracción es la persona natural que ocupa simultáneamente cargos en empresas competidoras. Asimismo, precisa que la exigencia de estar en “empresas competidoras entre sí” debe entenderse respecto de entidades que compiten directamente en un mismo mercado relevante, sin extender automáticamente esa condición a las matrices por el solo hecho de que sus filiales compitan.
El momento del fallo es relevante. Las juntas no solo definen nombres: también definen la arquitectura de control y los riesgos que asumen las organizaciones. En ese escenario, la sentencia entrega una señal clara al mercado: el interlocking es una prohibición estricta, pero su aplicación al momento de designar a un director exige precisión jurídica y comprensión del mercado en que opera la empresa. Así el resguardo de la libre competencia también es parte esencial de un buen diseño de gobierno corporativo.
Instagram
Facebook
LinkedIn
YouTube
TikTok