Reforma laboral de Milei: ¿qué cambia para el campo y por qué el sector agrícola argentino salió a respaldarla?
Según especialistas y dirigentes del sector, la reforma corrige distorsiones que -aseguraron- desalentaban la formalización y la inversión en el interior productivo.
Por: Por El Cronista, Argentina / Foto: El Cronista.
Publicado: Lunes 23 de febrero de 2026 a las 10:33 hrs.
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Con el proyecto de Reforma Laboral ya encaminado al Senado, el capítulo agrario se convirtió en uno de los ejes más defendidos por las entidades del sector. Especialistas y dirigentes del sector fueron convergentes: la reforma corrige distorsiones que -aseguraron- desalentaban la formalización y la inversión en el interior productivo.
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Durante su exposición en la reunión conjunta de Legislación del Trabajo y Presupuesto y Hacienda, María Ángeles Naveyra, directora ejecutiva de la Fundación Barbechando, sostuvo que “el proyecto de ley de modernización tiene un alto impacto en la estructura del empleo y la economía nacional” porque “corrige distorsiones que durante muchos años generaron litigios, mala información, informalidad y desaliento a la inversión”.
“El agro representa el 25% del PIB de la Argentina. Siete de cada diez dólares que ingresan a la República Argentina son generados por la enorme cadena agroindustrial”, remarcó ante los legisladores. La especialista subrayó un aspecto específico: “Esta ley sí tuvo en cuenta y se acordó que la Ley de Trabajo Agrario es diferente a la Ley de Contrato de Trabajo Nacional y la 26.727 está siendo considerada en esta discusión”.
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Uno de los puntos más celebrados por el sector es la modificación del régimen de responsabilidad solidaria.
“La eliminación de la responsabilidad solidaria, totalmente discriminatoria entre el propietario y el arrendatario en el trabajo rural”, enumeró Naveyra como primer eje laboral. Recordó que “más del 60% de la producción se realiza sobre tierras arrendadas” y sostuvo que “mantener una responsabilidad de manera automática y generalizada desincentiva totalmente los contratos formales y genera un riesgo jurídico que no refleja de ninguna manera la realidad operativa”.
Según explicó, “la corrección de este punto implica simplemente asignar las responsabilidades donde corresponden”.
En la misma línea, Ignacio Forconi, abogado y asesor de Trabajo Agrario de la Sociedad Rural Argentina (SRA), sostuvo en declaraciones radiales que el esquema vigente generaba un nivel de exposición jurídica que afectaba decisiones productivas, y sostuvo que la reforma aporta mayor claridad sobre quién debe responder por las obligaciones laborales.
El proyecto limita la responsabilidad de la empresa usuaria a las obligaciones devengadas durante el tiempo efectivo de prestación de servicios y excluye, en principio, a quienes arriendan tierras, maquinarias o equipamientos de responder solidariamente por trabajadores registrados por terceros.
Trabajador permanente discontinuo
Otro cambio estructural es la supresión de la figura del trabajador permanente discontinuo. “Gran parte de la actividad agroindustrial en la República Argentina por definición es estacional”, argumentó Naveyra. Por eso consideró “importante reconocer dicha estacionalidad y adaptar la norma a la realidad productiva para formalizar el empleo y generar realmente empleo genuino”.
Con la reforma, las modalidades principales pasarían a ser el trabajo permanente de prestación continua, el temporario y el trabajo por equipo o cuadrilla familiar, desapareciendo la categoría intermedia que hasta ahora reconocía derechos indemnizatorios a quienes eran contratados de manera reiterada para tareas cíclicas o estacionales.
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Período de prueba de ocho meses
En materia de contratación, la iniciativa fija un período de prueba propio para el trabajo agrario permanente de prestación continua, ampliándolo a ocho meses. Naveyra lo defendió como “un plazo razonable de evaluación que reduce ese temor a contratar y que facilita el ingreso formal de los trabajadores”.
Forconi, por su parte, sostuvo en su entrevista que uno de los problemas del sistema actual es el costo y el riesgo asociado a la contratación, y consideró que la ampliación del período de prueba puede favorecer la incorporación formal de personal. “Lo que se buscó es un período de prueba que esté a la altura de lo que es la la tecnología actual en el campo”, reforzó ante Radio Rivadavia.
Fondo de Asistencia Laboral y actualización de intereses
La reforma también crea un Fondo de Asistencia Laboral (FAL) obligatorio, destinado a colaborar en el pago de indemnizaciones legales. “La incorporación del fondo de aportes laborales para el concepto indemnizatorio va a aportar la previsibilidad necesaria y permite sobre todo a las pymes (…) estar protegidas en los casos en que sea necesario enfrentar un despido”, afirmó la representante de la fundación.
Además, el proyecto establece un nuevo criterio para la actualización de créditos judiciales laborales, atado al IPC más una tasa del 3% anual, con prohibición de anatocismo, en línea con la reforma de la Ley de Contrato de Trabajo.
Cambios en negociación salarial
El texto también modifica el esquema de fijación salarial en el sector agrario, reduciendo el rol decisorio de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario y estableciendo un modelo de negociación bipartita entre sindicatos y empleadores, con posterior homologación.
Naveyra incluyó entre los ejes “la negociación salarial directa entre sindicatos y entidades sin la intervención del Estado”, como parte de una mayor autonomía de las partes.
No obstante, se prevé que el organismo pueda fijar asignaciones no remunerativas en situaciones excepcionales -como emergencias climáticas o fuerza mayor- con acuerdo del sector empleador.
RIMI, Ganancias e IVA
La dirigente también dedicó parte de su exposición a los cambios tributarios. Celebró la incorporación de personas humanas y sucesiones indivisas al Régimen de Incentivo a Medianas Inversiones (RIMI). “La mayoría de las producciones en Argentina son personas humanas (…) productores frutihortícolas del norte argentino que quedaban afuera de esta posibilidad de desgrabar si la ley no los incorporaba”, explicó.
Sin embargo, planteó una observación: “No se pudieron reducir los mínimos de inversión y son altos para las pequeñas pymes”. Propuso que el monto mínimo pueda considerarse por la suma de inversiones realizadas durante los dos años de vigencia del régimen.
En materia tributaria, destacó dos cambios centrales: el diferimiento del pago del Impuesto a las Ganancias por la evaluación de la hacienda de invernada y la eliminación del cupo para la devolución del saldo técnico del IVA.
“Un productor agropecuario que tiene un ternero (…) tiene que pagar el impuesto a las ganancias al cierre del ejercicio sin importar si tiene o no listo un producto para vender”, señaló. Eso implica, dijo, destinar recursos “a pagar un impuesto a las ganancias ficticio cuando la podría utilizar como capital de trabajo”.
Sobre el IVA fue categórica: “Ese saldo técnico del IVA hoy es un costo financiero directo (…) un atentado directo contra el capital”.
“Modernizar, no desregular sin criterio”
En su cierre ante el Congreso, Naveyra sintetizó la postura del sector: “Esta ley es necesaria para el desarrollo de la República Argentina. Necesitamos más empleo formal, más producción y más inversión”. Y dejó una definición política: “Sí, modernizar esta ley, pero no desregular sin criterio, sino ordenar para seguir creciendo”.
Puedes leer la nota completa en El Cronista.
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