Ley de Delitos Económicos, la normativa que marca una nueva era en materia de cumplimiento
Los principales hitos que marcaron el país, recogidos en nuestras portadas a lo largo de los últimos años, son parte de la edición especial por nuestro 35 aniversario "Visiones de futuro".
Por: Equipo DF
Publicado: Lunes 6 de noviembre de 2023 a las 04:00 hrs.
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De qué se trata la nueva ley
- La Ley sobre Delitos Económicos, promulgada en agosto de 2023, sistematiza los delitos económicos y los atentados contra el medioambiente. Además, amplía la responsabilidad penal de las personas jurídicas, poniendo el foco en sus líderes. Comenzará a regir desde su fecha de publicación, salvo la norma que se refiere a la persona jurídica, que partirá un año después.
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son los delitos que agrega esta normativa.
Nuevas categorías
Crea cuatro categorías de delitos. En la primera, los delitos se consideran económicos en toda circunstancia. Los de segunda categoría son ilícitos considerados “económicos” cuando sean cometidos en el ejercicio de un cargo, función o posición dentro de una empresa o cuando se cometieran en beneficio de la misma. Los de tercera categoría son considerados económicos cuando son cometidos por un funcionario público. Y, los de cuarta categoría, son los delitos de lavado de activos y receptación cuando tengan como base algún delito considerado económico.
La clave está en los modelos de prevención
A toda máquina están trabajando los departamentos jurídicos de las empresas y sus asesores externos con capacitaciones, actualizaciones de matrices de riesgo, nuevos contratos y manuales de cumplimiento. Y es que en el corazón de esta nueva normativa está el mejorar y hacer ‘vivos’ los modelos de prevención de las empresas. Esto no es casualidad. La responsabilidad penal de la persona jurídica se genera cuando la ejecución de un eventual ilícito se ve favorecida o facilitada por la falta de implementación efectiva de un sistema adecuado de prevención de delitos por parte de la persona jurídica. En este caso, la ley es explícita en señalar que un modelo de cumplimiento efectivamente implementado será eximente de responsabilidad penal.
Por qué preocupa a las empresas
- Entre los riesgos, expertos señalan que con el cambio en la ley, cualquier persona puede gatillar la responsabilidad penal de la empresa si este gestiona sus intereses frente a terceros. También se cuestiona que la ley no establece sanciones que sean proporcionales a la gravedad de los respectivos delitos y que pudieran ser muy altas. Renombrados penalistas, como Alex van Weezel (Claro & Cia), han señalado que “esta ley establece un régimen extraordinariamente duro respecto de lo que llama delitos económicos en comparación con todos los demás delitos que están previstos en el sistema penal chileno”.
Otros abogados apuntan a que con esta nueva normativa la toma de decisiones en las empresas pudiera retardarse, debido a los mayores resguardos, asesorías y análisis que tomarán los directorios y administración para evitar caer en alguna ilegalidad.
Por otro lado, diversos sectores empresariales han levantado la voz respecto de su aplicación en medianas empresas, ya que “no están preparadas a nivel corporativo-administrativo ni tienen los recursos para implementar la ley en todo lo que implica”, aseguran.
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