Las razones del CDE para querellarse en contra de representantes de proyectos inmobiliarios en Lo Barnechea y Chicureo
Por: Equipo DF MAS
Publicado: Viernes 4 de marzo de 2022 a las 15:20 hrs.
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El 24 de febrero, el Consejo de Defensa del Estado, a través de la abogada procuradora Ruth Israel López, ingresó la querella criminal en contra de los representantes legales de cuatro proyectos inmobiliarios: Mirador Pie Andino, Hacienda Guay Guay, Proyecto La Cumbre y Chaguay. Los acusa de hacer los desarrollos en una zona rural de protección ecológica al margen de la regulación urbanística.
La querella está dirigida en contra de cinco personas: Juan Pablo Vol Bernath, como representante legal del fondo de inversión MDPR, titular del proyecto Mirador Pie Andino en Chicureo; José Miguel Rawlins, de la Inmobiliaria e Inversiones Chicureo, titular del proyecto Hacienda Guay Guay; Domingo Undurraga, socio de la Inmobiliaria e Inversiones La Cumbre Oriente, titular del proyecto La Cumbre en Colina, Juan Sabagh y Matías Fernández, socios de Desarrollos La Dehesa, titular del proyecto Habilitación de caminos de acceso e instalaciones complementarias de la subdivisión agrícola Chahuay en Lo Barnechea.
Además va dirigida a “todos quienes resulten responsables en calidad de autores, cómplices y/o encubridores” por infringir la Ley General de Urbanismo y Construcciones. A Sabagh y Fernández los acusa además de atentar a la Ley de Monumentos Nacionales.
El documento, que fue declarado admisible el lunes 28 de febrero, asegura que el 14 de octubre de 2020 y el 23 de diciembre del mismo año, el Consejo de Defensa del Estado solicitó al Seremi del Ministerio de Vivienda Manuel José Errázuriz un informe sobre los cuatro proyectos. El 19 de enero pasado, éste envió los antecedentes que explican los desarrollos: las obras asociadas en cada uno de ellos, la cantidad de parcelas, etc.
“Se destaca que todas estas obras se están ejecutando en un Área de Protección Ecológica” (que) “prohíbe expresamente las divisiones prediales, además de permitir exclusivamente los fines científicos, culturales, educativos, recreacionales y turísticos, previa presentación de un Estudio de Impacto Ambiental evaluado e informado favorablemente por los organismos que corresponda”, asegura la querella del CDE.
Agrega que “la subdivisión conforme a los términos del Decreto Ley No 3.516 NO autoriza a realizar construcciones u obras de urbanización como las descritas anteriormente, sino solo certifica que la división del suelo para fines agrícolas, forestales y ganaderos, es de una superficie no inferior a 5.000 metros cuadrados, quedando prohibidos los fines urbanos y habitacionales de forma expresa en dicha normativa”.
Por último, dice que “todos estos proyectos tienen por objeto la formación de nuevas poblaciones, en consideración a que en todos ellos se observa la apertura de vías, obras de electrificación y obras de dotación de agua potable para la habilitación de viviendas, acciones que no autoriza la normativa vigente”.
Respecto de Chaguay, la querella señala además que “se pudo constatar la afectación de sitios arqueológicos en al menos dos casos (…) Se constata que el área no dispone de hallazgos arqueológicos aislados, sino que de un solo sitio arqueológico que se extiende sistemáticamente en el área en donde se emplaza el proyecto”.
Con esos antecedentes, sostiene el documento, los querellados por el delito en contra de la Ley de Urbanismo arriesgan penas que van desde presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo para “el propietario, loteador o urbanizador”.
“El delito por el cual el CDE se querelló tiene asociada pena de crimen, lo que significa que los sujetos implicados arriesgan una condena de hasta 10 años de cárcel efectiva”, explica un abogado.
En el caso de la Ley de Monumentos Nacionales, la pena establecida es de presidio menor en sus grados medio a máximo y multa de 50 a 200 unidades tributarias mensuales.
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