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Publicado: Jueves 13 de diciembre de 2018 a las 04:00 hrs.
Hace referencia a la nueva facultad que estableció la reforma tributaria de 2014 para el Servicio de Impuestos Internos (SII). En concreto, el organismo podrá fiscalizar de manera retoma a los contribuyentes, a través de la conexión a sus sistemas informáticos en cualquier momento y lugar.
El 19 de junio de 2017, el organismo publicó la resolución exenta N° 56 que rige el procedimiento. Según la normativa, el SII debe notificar al contribuyente de la solicitud para realizar la conexión, dándole un plazo específico para prepararse para el inicio de la fiscalización. Los funcionarios del servicio requerirán perfiles de acceso a los sistemas del contribuyente en cuestión.
Además, se le informará al contribuyente a qué datos se accederá, el fiscalizador deberá levantar un acta de la información extraída -la que incluirá posibles quejas y observaciones- y, en el caso que se establezca si se detectan diferencias de impuestos, la fiscalización no podrá extenderse por más de 12 meses.
En dicho proceso, el SII busca establecer posibles diferencias de impuestos. El organismo podrá acceder a, entre otros documentos, los balances, la renta líquida, los movimientos de inventario y el software utilizado para llevar la contabilidad. Esto último para establecer posibles errores de parámetros.
Desde la entrada en vigencia de la nueva potestad en 2017, el SII se ha conectado a los sistemas de 40 empresas, la mayoría grandes compañías.
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